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Informe Anual 2004 - Hannover Re

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ANEXO<br />

1. Principios contables generales<br />

La <strong>Hannover</strong> Rückversicherung AG (<strong>Hannover</strong> <strong>Re</strong>) pertenece a la Talanx AG, la cual a su vez pertenece<br />

al 100 % a la HDI Haftpflichtverband der Deutschen Industrie V.a.G. (HDI). Según el Artículo<br />

341 i y siguientes. HGB del Código de Comercio Alemán, la HDI está obligada a elaborar cuentas del<br />

Grupo consolidadas. En estas últimas se incluyen las cuentas anuales de la <strong>Hannover</strong> <strong>Re</strong> y de sus compañías<br />

filiales. De acuerdo con el Artículo 291, párrafo 3 Nº 1 HGB, en la versión modificada, para las<br />

cuentas anuales consolidadas de la <strong>Hannover</strong> <strong>Re</strong> se suprime la no obligatoriedad de presentación de<br />

cuentas anuales consolidadas por parte de la sociedad matriz.<br />

El cierre consolidado de cuentas de la <strong>Hannover</strong> <strong>Re</strong> ha sido presentado en su totalidad según los<br />

principios generales americanos de contabilidad (United States Generally Accepted Accounting Principles<br />

"US GAAP"). Para el cierre del ejercicio hemos tenido en cuenta todos los "Statements of Financial Accounting<br />

Standards" (SFAS) aprobados hasta el 31 de diciembre de <strong>2004</strong>, y cuya aplicación era obligatoria<br />

para el ejercicio <strong>2004</strong>.<br />

En noviembre 2003 y marzo <strong>2004</strong>, la EITF ha logrado consenso con respecto a parte del planteamiento<br />

de EITF 03–1 "The meaning of Other-Than-Temporary Impairment and Its Application to Certain<br />

Investments". EITF 03–1 trata del alcance no sólo de reducciones temporales de valor y su aplicación<br />

a títulos, que según el SFAS 115 "Accounting for Certain Investments in Debt and Equity Securities"<br />

recaen bajo las categorías "Available-for-Sale" o "Held-to-Maturity", sino también de instrumentos de<br />

fondos propios, que según el método de costo "Cost Method" se registran en el balance con sus costes de<br />

adquisición. La normativa preve determinadas indicaciones cuantitativas y cualitativas (entre otras para<br />

pérdidas no realizadas), para valores clasificados bajo estas categorías. Las normas de apreciación y<br />

valoración del EITF 03–1 fueron aplazadas hasta la publicación de normas complementarias. Actualmente,<br />

la <strong>Hannover</strong> <strong>Re</strong> analiza el efecto del EITF sobre el cierre consolidado.<br />

En diciembre de <strong>2004</strong> la FASB SFAS 123 (revised <strong>2004</strong>) publicó la "Share-Based Payment" (SFAS<br />

123R), que regula el registro en el balance transaccional, en las que una empresa intercambia instrumentos<br />

de capital propio por bienes o servicios. Adicionalmente, la SFAS 123R regula el registro en el<br />

balance transaccional, a través de las cuales se generan obligaciones para una compañía por la adquisición<br />

de bienes y servicios, cuyo importe depende del valor actual de los propios instrumentos de capital<br />

propio, o que pueden ser compensados por la propia emisión de instrumentos de fondos propios. Esta<br />

norma no tiene efectos importantes sobre el balance consolidado. Hacemos referencia a nuestros comentarios<br />

en el capítulo 6.3 "<strong>Re</strong>tribución en acciones".<br />

En diciembre 2003, el FASB publicó la interpretación del FIN 46 (revisada en diciembre de 2003)<br />

"Consolidation of Variable Interest Entities" (FIN 46R). La <strong>Hannover</strong> <strong>Re</strong> aplica las normas de FIN 46R<br />

desde el 31 de diciembre de 2003 sobre todas las empresas de finalidad especial ("Special Purpose<br />

Entities"), y desde el 31 de marzo de <strong>2004</strong> sobre el resto de compañías. La utilización del FIN 46R no<br />

supuso consolidaciones adicionales de empresas más allá del perímetro de consolidación descrito. En el<br />

apartado referido a la garantía de riesgos de reaseguro del capítulo 5.1 damos más detalles al respecto.<br />

La adopción de las regulaciones no ha tenido repercusiones significativas sobre el cierre consolidado.<br />

Se han entregado los acuerdos de conformidad establecidos según el artículo 161 de la ley de sociedades<br />

anónimas (AktG) en relación al Código Alemán de Gobierno Corporativo, poniéndolos también<br />

a disposición de los accionistas.<br />

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