pRESEnTACIón
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Anexo<br />
Por último abre la posibilidad de que las Comunidades autónomas, en sus respectivos ámbitos territoriales,<br />
establezcan catálogos de Especies Exóticas Invasoras, determinando las prohibiciones y actuaciones suplementarias<br />
que se consideren necesarias para su erradicación.<br />
La normativa de pesca continental en algunas comunidades autónomas (Aragón y Castilla y León) prohibe su uso<br />
como cebo.<br />
A nivel internacional, para prevenir su expansión por el mar es necesario un correcto tratamiento de las aguas<br />
de lastre de los barcos. Actualmente, el único instrumento vinculante existente para el control de las aguas de<br />
lastre es el “Convenio Internacional para el Control y Gestión de las Aguas de Lastre y sedimentos de los Buques<br />
(2004)”. Dicho documento no ha entrado aún en vigor, debido a la baja ratificación de los Estados (a fecha de<br />
31 de marzo de 2008 sólo 13 países han ratificado el Convenio; se necesita la firma de al menos 30 países cuyas<br />
flotas mercantes combinadas representen no menos del 35% del tonelaje bruto de la marina mercante mundial;<br />
los 13 ya firmantes representan el 3,62%). En dicho convenio se establecen una serie de estándares internacionales<br />
sobre las aguas de lastre que permitirán el control de las EEI que utilizan este mecanismo de dispersión.<br />
Control y erradicación<br />
Su eliminación de canales, tuberías y otras estructuras, se realiza mediante lavado con agua caliente, trampas y<br />
pantallas de exclusión, y el uso de productos químicos.<br />
Recoloniza rápidamente las áreas en donde ha sido eliminada.<br />
En aguas libres no existen métodos eficaces de control.<br />
6. CONSIDERACIONES FINALES<br />
Las medidas puestas ya en marcha para controlar la expansión del mejillón cebra contribuyen de igual modo a<br />
limitar la expansión de esta especie. No obstante sus hábitos y requerimientos no son los mismos, por lo que<br />
hay que diseñar medidas específicas. Señalar, por ejemplo, que no se cuenta con procedimientos estandarizados<br />
que permitan conocer su distribución actual. Su distribución se va completando en los últimos años a base de<br />
hallazgos fortuitos. Es necesario realizar prospecciones específicas. En este sentido cabe señalar que los estudios<br />
que sobre bivalvos de río amenazados que se están realizando en los últimos años en distintas cuencas pueden<br />
ofrecer una imagen de su distribución, pero aunque los procedimientos son adecuados para la detección de la<br />
especie, los muestreos no alcanzan a cubrir el rango de hábitats en los que se pueden desarrollar poblaciones<br />
de almeja asiática.<br />
Como ya se ha mencionado, cabe prever que la distribución de la almeja asiática, se amplíe ocupando todo el<br />
hábitat potencial de que dispone en Álava en la vertiente mediterránea. El esfuerzo de las administraciones<br />
vascas debe tener como primer objetivo frenar su expansión en la cuenca del Ebro, pero dado que la prevención<br />
parece ser la medida más eficaz, se debe poner especial énfasis en evitar su introducción en las cuencas cantábricas,<br />
extremando el control y la vigilancia de las actividades que pueden provocar que éste hecho suceda.<br />
REFERENCIAS<br />
• Costa, C., 2005. Atlas des especes invasives presentes sur le perimetre du Parc Naturel Regional de<br />
Camargue. Informe técnico. 220 pp.<br />
• DAISIE European Invasive Alien Species Gateway, 2008. Corbicula fluminea. Available from: http://www.<br />
europe-aliens.org; Fecha de acceso: 31 de marzo de 2008.<br />
• Gulf States Marine Fisheries Commission, 2003. Corbicula fluminea. Non-Native Aquatic Species in the<br />
Gulf of Mexico and South Atlantic Regions. http://nis.gsmfc.org; Fecha de acceso: 31 de marzo de 2008.<br />
• The Global Invasive Species Database (GISD), 2007. Corbicula fluminea. Invasive Species Specialist Group<br />
(ISSG) of the Species Survival Commission of the IUCN-World Conservation Union. Available from: http://<br />
www.issg.org/; Fecha de acceso: 31 de marzo de 2008.<br />
• U.S. Department of the Interior. U.S. Geological Survey, 2007. NAS - Non Indigenous Aquatic Species.<br />
Corbicula fluminea; Available from: http://nas.er.usgs.gov/ ; Fecha de acceso: 31 de marzo de 2008.<br />
fauna exótica invasora en la CAPV<br />
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