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INTRODUCCIÓN<br />

ecosistemas, la agronomía o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural”. En otros<br />

casos la amenaza de las invasoras se hace también extensible a la salud humana.<br />

La incorporación del “daño económico” en la definición de EEI no dificulta su identificación, pero puede generar<br />

dudas a la hora de catalogar como tales a especies cuyo impacto es muy evidente, pero para las que se dispone<br />

de muy poca o ninguna evidencia acerca de su afección sobre la biodiversidad, sobre otras especies o sobre<br />

los hábitats. Es el caso de muchos insectos que afectan a las plantas cultivadas; un ejemplo aún más peculiar<br />

lo podemos encontrar en algunas especies de insectos cuyo impacto principal se deja notar en invernaderos o<br />

únicamente afectan a bienes almacenados (grano, por ejemplo). Generalmente cuando se amplía de este modo<br />

el criterio de identificación se generan grandes listados de EEI que dificultan la gestión.<br />

En el presente documento se entenderá como EEI aquella que ha sido introducida, se ha establecido y afecta<br />

negativamente a especies autóctonas o a los hábitats.<br />

Selección de las especies<br />

En la selección de las especies que deberían tomarse en consideración para valorar su condición de EEI en el territorio<br />

de la CAPV se han tomando como referencia inicial tres bases de datos de EEI: DAISIE 6 , GISD 7 y NOBANIS 8 .<br />

El trabajo de confección de la lista y de valoración del estatus de cada especie se ha realizado mediante revisión<br />

bibliográfica y consulta a los investigadores que trabajan en el seguimiento de distintos grupos.<br />

Es de sobra conocido el desigual nivel de conocimiento que se ha adquirido de cada uno de los grandes grupos<br />

de animales. Así, para los vertebrados, especialmente en el caso de los mamíferos y las aves, se dispone<br />

de abundante información, ya que algunas especies son objeto de gestión “exclusiva” (seguimiento, control,<br />

recuperación,...). Sin embargo en el caso de los invertebrados, aún no hemos completado los inventarios de las<br />

especies que ocupan nuestro territorio, por lo que no es aventurado afirmar que no disponemos de información<br />

suficiente para realizar una gestión eficaz. Estas carencias se ven inevitablemente reflejadas en el presente<br />

documento, en forma de reiterada alusión a la ausencia de información o al planteamiento de dudas para algunas<br />

especies y grupos de especies. Y sin duda ha influido en la composición del listado de invertebrados invasores,<br />

que probablemente, para ajustarse a la realidad, debería haber sido más extenso.<br />

En este sentido, señalar por último, que una lista de EEI es siempre una lista abierta, de la que salen especies<br />

que se logran erradicar y a la que entran otras conforme crece el nivel de conocimientos o como producto de<br />

nuevas introducciones.<br />

6- DAISIE European Invasive Alien Species Gateway (http://www.europe-aliens.org/).<br />

7- The Global Invasive Species Database (GISD). Invasive Species Specialist Group (ISSG) of the Species Survival<br />

Commission of the IUCN-World Conservation Union (http://www.issg.org/).<br />

8- NOBANIS. Online database of the North European and Baltic Network on Invasive Alien Species (http://www.<br />

nobanis.org).<br />

9<br />

fauna exótica invasora en la CAPV

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