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Anexo<br />
sus restos o propágulos, incluyendo el comercio exterior. La ley obliga además a las Comunidades autónomas a<br />
realizar un seguimiento de las especies exóticas con potencial invasor, en especial de aquellas que han demostrado<br />
ese carácter en otros países o regiones, con el fin de proponer, llegado el caso, su inclusión en el Catálogo<br />
Español de Especies Exóticas Invasoras.<br />
Establece también la obligación para las Comunidades autónomas de elaborar Estrategias que contengan las<br />
directrices de gestión, control y posible erradicación de las especies del Catálogo Español de Especies Exóticas<br />
Invasoras, otorgando prioridad a aquellas especies que supongan un mayor riesgo para la conservación de la<br />
fauna, flora o hábitats autóctonos amenazados.<br />
Por último abre la posibilidad de que las Comunidades autónomas, en sus respectivos ámbitos territoriales,<br />
establezcan catálogos de Especies Exóticas Invasoras, determinando las prohibiciones y actuaciones suplementarias<br />
que se consideren necesarias para su erradicación.<br />
Control y erradicación<br />
Al igual que ocurre en el caso del cangrejo rojo, cuando el cangrejo señal se establece en una masa de agua<br />
resulta prácticamente imposible su erradicación. Salvo en pequeñas masas de agua que por sus características<br />
permitan la utilización de insecticidas o de otros productos químicos.<br />
Los métodos mecánicos de control incluyen el uso de trampas y pesca eléctrica. Programas extensivos de trampeo<br />
pueden llegar a reducir la densidad de las poblaciones y la velocidad de expansión, pero no son un método<br />
efectivo de control.<br />
Los métodos de control ensayados hasta la fecha han demostrado una escasa eficiencia, ya sea por su baja<br />
efectividad o por la imposibilidad de utilizarlos a gran escala, debido a los efectos negativos que podrían causar<br />
sobre otras especies o sobre el hábitat.<br />
En ocasiones se ha propuesto el empleo de la presión de pesca como un mecanismo de control de la especie.<br />
Sin embargo la evidencia apunta a que los pescadores actúan como agentes importantes en la dispersión de los<br />
cangrejos, especialmente en aquellos lugares donde se crean expectativas de futuro basadas en la pesca del<br />
cangrejo.<br />
6. CONSIDERACIONES FINALES<br />
El cangrejo señal en la CAPV puede considerarse sin ninguna duda como una EEI. Dada la gravedad de su impacto<br />
ecológico no existen argumentos para que su gestión no sea otra que aquella que conduzca a su erradicación.<br />
Dado que no existen actualmente mecanismos eficaces para alcanzar dicho objetivo debería establecerse un<br />
programa de control en el que se identifiquen las áreas más vulnerables al impacto de la especie y que contemple<br />
las actuaciones necesarias para mitigar dicho impacto; sin desdeñar el objetivo de su erradicación completa,<br />
hoy inalcanzable, para el cual pueden llegar a desarrollarse métodos eficaces en el futuro.<br />
Es necesario establecer un protocolo de seguimiento periódico que permita conocer su distribución en todo el<br />
territorio de la CAPV y estimar su abundancia.<br />
Además es necesario diseñar y ensayar procedimientos de control y erradicación eficientes que se adecuen a la<br />
variada tipología de situaciones en las que podemos encontrar poblaciones viables de este cangrejo.<br />
En cuanto a la actividad de la pesca del cangrejo señal, señalar que las consideraciones de “especie pescable” y<br />
de EEI son incompatibles en el marco de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. La ley dice que “el<br />
ejercicio de la caza y la pesca continental se regulará de modo que queden garantizados la conservación y el<br />
fomento de las especies autorizadas para este ejercicio, a cuyos efectos la Comunidades autónomas determinarán<br />
los terrenos y las aguas donde puedan realizarse tales actividades, así como las fechas hábiles para cada especie”.<br />
Las medidas de conservación y fomento que requieren los recursos pescables son incompatibles con las de control<br />
y erradicación que precisan las EEI, por lo que la pesca del cangrejo señal debe ser prohibida en todo el<br />
territorio de la CAPV.<br />
Otro argumento a favor de la prohibición de la pesca de esta especie es que la pesca favorece su expansión en<br />
vez de contribuir a su control.<br />
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fauna exótica invasora en la CAPV