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La Seguridad Pública en Veracruz... Un reto alcanzable - Inap

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RICARDO GARC¸A GUZM˘NLA SOCIEDAD VERACRUZANA<strong>Seguridad</strong> <strong>Pública</strong>, podrá ser certificada por la autoridadrespectiva y t<strong>en</strong>drá el valor probatorio que las disposicioneslegales determin<strong>en</strong>”.Al Estado y a los municipios se les responsabiliza de realizarlos trabajos para lograr la compatibilidad de los servicios detelecomunicaciones de la red local, con las bases de datos criminalísticosy de personal, previstas <strong>en</strong> la Ley G<strong>en</strong>eral y esta Ley.Además a la Secretaría Ejecutiva se le faculta para adoptar lasmedidas necesarias para la homologación de los servicios. (Arts.111 y 112).Resulta claro que la mayoría de esta información precisa de unmanejo especial por su confiabilidad. Empero las autoridadesresponsables se han mant<strong>en</strong>ido al marg<strong>en</strong> de las reglas quedeb<strong>en</strong> aplicar para la reserva de esa información, de acuerdo a loque establece la legislación estatal de acceso y transpar<strong>en</strong>cia dela información pública y de r<strong>en</strong>dición de cu<strong>en</strong>tas.Más adelante la LSESPEV no sólo regula <strong>en</strong> detalle loconcerni<strong>en</strong>te al Registro Administrativo de Det<strong>en</strong>ciones (Arts.115 a 117), también compr<strong>en</strong>de un sistema de informaciónespecializado <strong>en</strong> el crim<strong>en</strong>, al establecer que: “El Estado y losmunicipios, al través de las instancias compet<strong>en</strong>tes del SistemaEstatal de <strong>Seguridad</strong> <strong>Pública</strong>, coadyuvarán <strong>en</strong> la integración yactualización del Sistema Único de Información Criminal, <strong>en</strong>términos de lo previsto por la Ley G<strong>en</strong>eral”. (Art. 118).265

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