24CODHEMTERCERA. Se sirva ordenar a quiencompeta, proporcione al agente delMinisterio Público la información,documentación y evidencias que lerequiera, a fin de que la instituciónprocuradora de justicia esté enaptitud de investigar y determinar,conforme a Derecho, el acta deaveriguación previa TOL/DR/V/739/2003 que se integra por laprobable responsabilidad penal enla que pudieron incurrir lospolicías: Francisco Vargas Baños,Sixto Márquez Vázquez, IgnacioSánchez Álvarez, GuillermoIturbide Peña, Víctor GarcíaGuadarrama, Raúl PalaciosAguilar y Javier de Jesús Gaspar.CUARTA. Se sirva ordenar a quiencorresponda, para que a labrevedad se realicen las gestionesnecesarias a efecto de que elmenor Ricardo Rojano Cambrónsea canalizado con especialistasen psicología, ya sea de laDirección General a su cargo ode alguna institución del sectorsalud, a fin de que se le brindela atención profesionalnecesaria, que le auxilie asuperar el posible daño emocionalque haya sufrido por los hechosdocumentados.QUINTA. En el marco del conveniode colaboración celebrado entreesta Comisión y esa DirecciónGeneral, se sirva instruir a quiencorresponda para que se intensifiquenlos cursos de capacitación yactualización en materia de <strong>derechos</strong>humanos que conjuntamente sevienen impartiendo, a los elementosde seguridad pública y tránsito deesa dependencia, a efecto deprevenir hechos tan lamentablescomo el aquí documentado.SEPTIEMBRE / OCTUBRE 2003
RECURSOS 25En fecha 22 de septiembre de 2003, el doctor Raúl Plascencia Villanueva, Segundo Visitador General dela Comisión Nacional de los Derechos Humanos, informó al señor Vidal Eduardo Villaseñor Álvarez, conrelación al recurso de impugnación presentado (expediente 2003/272-2-I), a través del cual manifestó suinconformidad en contra de este Organismo local, por haber archivado las quejas CODHEM/NEZA/3247/2002-4 y CODHEM/NEZA/1108/2003-4; que se desechó en virtud de que el asunto ha quedadosin materia.En fecha 30 de septiembre de 2003, el licenciado Rodolfo H. Lara Ponte, Cuarto Visitador General de laComisión Nacional de los Derechos Humanos, informó al M. en D. Miguel Ángel Osorno Zarco,Comisionado de los Derechos Humanos del Estado de México, con relación al recurso de impugnaciónpresentado por el señor Ambrosio Estrada Martínez, en representación de su esposa Remedios OlveraReyes (expediente 2003/355-4-I), en el que manifestó su inconformidad en contra de la resolución definitivade fecha 31 de julio de 2003, emitida por la Cuarta Visitaduría General de esta Comisión estatal, dentrodel expediente CODHEM/NEZA/2764/2003-4; que se determinó desecharlo por resultar notoriamenteimprocedente.En fecha 27 de octubre de 2003, el doctor Raúl Plascencia Villanueva, Segundo Visitador General de laComisión Nacional de los Derechos Humanos, informó al señor Rodolfo Valenzuela Vega, con relación alrecurso de queja presentado (expediente 2003/386-2-Q), mediante el cual manifestó su inconformidadcon relación a las quejas CODHEM/TOL/5323/2002-1 y CODHEM/TOL/230/2003-1, acumuladas deacuerdo a la normatividad en la materia, toda vez que el recurrente manifestó no haber recibido respuestaalguna; que se desechó por ser improcedente, toda vez que no existe omisión ni inactividad por parte deeste Organismo estatal con respecto al asunto en cuestión.En fecha 30 de octubre de 2003, el licenciado José Antonio Bernal Guerrero, Tercer Visitador General dela Comisión Nacional de los Derechos Humanos, informó al M. en D. Miguel Ángel Osorno Zarco,Comisionado de los Derechos Humanos del Estado de México, con relación al recurso de impugnaciónpresentado por el señor Gustavo García Nava (expediente 2003/417-3-I), en el cual refirió su inconformidadcon la determinación que emitió este Organismo protector de <strong>derechos</strong> humanos, el 19 de septiembre de2003, dentro del expediente CODHEM/SP/3538/2003-2, que se desechó el recurso de mérito al serinfundado.