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nuestros derechos - codhem

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76CODHEMINTEGRIDAD DEL SISTEMA JUDICIALRESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN DE DERECHOSHUMANOS 2003/39La Comisión de DerechosHumanos,Guiada por los artículos 5, 7, 8,10 y 11 de la DeclaraciónUniversal de Derechos Humanos ylos artículos 2, 4, 6, 7, 10, 14, 15y 26 del Pacto Internacional deDerechos Civiles y Políticos, yteniendo en cuenta la Declaracióny Programa de Acción de Viena,Recordando otros documentosimportantes sobre la cuestión de laintegridad del sistema judicialaprobados por diversos foros de lasNaciones Unidas, en particular losPrincipios básicos relativos a laindependencia de la judicatura, losPrincipios básicos sobre la funciónde los abogados, las Directricessobre la función de los fiscales, laDeclaración sobre los principiosfundamentales de justicia para lasvíctimas de delitos y del abuso depoder, las Reglas mínimas para eltratamiento de los reclusos, losPrincipios básicos para eltratamiento de los reclusos, elConjunto de principios para laprotección de todas las personassometidas a cualquier forma dedetención o prisión y lasSalvaguardias para garantizar laprotección de los <strong>derechos</strong> de loscondenados a la pena de muerte,Recordando asimismo suresolución 2002/37, de 22 de abrilde 2003, sobre el tema,Convencida de que la integridaddel sistema judicial es un requisitoprevio indispensable para protegerlos <strong>derechos</strong> humanos y paragarantizar la no discriminación enla administración de justicia,Destacando que la integridad delsistema judicial debe observarse entodo momento,1. Reitera que toda persona tienederecho, en condiciones de plenaigualdad, a ser oída públicamentey con justicia por un tribunalindependiente e imparcial, para ladeterminación de sus <strong>derechos</strong> yobligaciones o para el examen decualquier acusación contra ella enmateria penal;2. Reitera también que todapersona tiene derecho a serenjuiciada ante tribunaleso juzgados ordinariosmediante procedimientos jurídicosdebidamente establecidos y que nohabrán de crearse tribunales queno apliquen esos procedimientos yse arroguen la jurisdicción propiade los tribunales judiciales o de losjuzgados ordinarios;3. Reitera además que todapersona tiene derecho a ser oídapúblicamente por un tribunalcompetente, independiente eimparcial establecido por la ley;4. Destaca la importancia de quetoda persona acusada de delitotenga derecho a que se presumasu inocencia mientras no se pruebesu culpabilidad conforme a la leyy en juicio público en el que se lehayan asegurado todas lasgarantías necesarias para sudefensa;5. Insta a los Estados a quegaranticen que toda personaenjuiciada ante juzgados otribunales bajo su autoridad tengaderecho a ser juzgada en personay a defenderse por sí misma omediante asistencia letrada de supropia elección;6. Subraya que todo tribunal quejuzgue a una persona acusada dedelito deberá basarse en losprincipios de independencia eimparcialidad;7. Insta a los Estados a quegaranticen que se respete elprincipio de la igualdad ante lostribunales y ante la ley dentrode sus sistemas judiciales, enparticular ofreciendo a las personassometidas a juicio la posibilidad deinterrogar, o que se interrogue ensu nombre, a los testigos de cargoy de conseguir la comparecenciae interrogatorio de testigosde descargo en las mismascondiciones;8. Reafirma que toda personacondenada tiene derecho a que sucondena y la pena que se lehaya impuesto sean revisadasjudicialmente, conforme a la ley;9. Insta a los Estados que cuentencon tribunales militares para elenjuiciamiento de delincuentes aque velen por que esos tribunalesformen parte integrante delsistema judicial general y apliquenlos procedimientos jurídicosdebidamente establecidos;10. Resalta la importancia dedesarrollar la cooperación entre lossistemas judiciales de los países,entre otras cosas, con vistas aSEPTIEMBRE / OCTUBRE 2003

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