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SEGUNDA PARTE - Poder Ciudadano

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121Asimismo, teniendo como base el principio de transparencia, la aperturade las ofertas siempre se realizará en acto público, siendo ello tambiénaplicable a las contrataciones públicas electrónicas. (Párrafo incorporadopor art. 4° del Decreto N° 666/2003 B.O. 25/3/2003. Vigencia:desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial,y será de aplicación a las contrataciones que, aunque autorizadascon anterioridad, tengan pendiente la convocatoria.)Como puede observarse, al desarrollar el principio de transparencia la normano sólo la relaciona con el principio de publicidad de los actos, 16 sino queva aún más allá y deja en claro que la transparencia tiene como fin posibilitarel control social sobre las contrataciones públicas.Ello no podría ser de otra manera ya que, si bien las contrataciones públicastienen como finalidad inmediata adquirir un bien, un servicio o ejecutar unaobra de la mejor calidad y al menor precio posibles –respetando principiosesenciales como la publicidad, la igualdad, la concurrencia y la responsabilidadde los funcionarios–, todo el proceso debe cumplir con estándares mínimosde transparencia que permitan un efectivo control social, tal comolo dispone la normativa.La misma norma nos brinda un parámetro sobre el contenido delcontrol social, el que debe darse sobre lo siguiente:✓ El efectivo cumplimiento de los demás principios de las contrataciones✓ El acceso a la información como herramienta fundamental de estecontrol.En consonancia con estos lineamientos, el decreto 436/00 17 , posee un Título yun Capítulo especial denominado “Transparencia en la gestión de las contra-16El principio de publicidad en la Argentina tiene rango constitucional, ya que emerge del sistema republicano, representativoy popular establecido en el artículo 1º de la Constitución Nacional.17Se trata de un decreto reglamentario, en los términos del artículo 99,2 de la Constitución Nacional. A la vez, esreglamentario del Decreto 1023/00. El hecho de que sea anterior a la norma que reglamenta está dado porque estanorma reglamentaba la anterior Ley de Contabilidad que luego fue derogada por el Decreto 1023/01. Es decir,hasta tanto no se dicte una nueva reglamentación del Decreto 1023/01, seguirá aplicándose el Decreto 436/00.

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