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SEGUNDA PARTE - Poder Ciudadano

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1362.3. ¿Cómo se regula el contrato administrativo?La presencia de la Administración Pública como una de las partes necesariasde las contrataciones administrativas y la finalidad íntimamente vinculada ala satisfacción de una necesidad de interés general son motivos suficientes parajustificar la aplicación, respecto de estos contratos, de un conjunto de principiosgenerales y normas de características especiales, diferente del que regulalas relaciones contractuales entabladas entre particulares.En un contrato celebrado entre dos personas individuales, o entre empresas, oentre un individuo y una empresa, los intereses que se encuentran involucradosson exclusivamente particulares y privados –de cada individuo, de cada empresa–.Por lo tanto, se rigen por normas y reglas propias del derecho privado (derechocivil, derecho comercial), que se caracterizan por consagrar los principiosde “autonomía de la voluntad” e “igualdad jurídica absoluta entre las partes”:✓ El significado del principio de la “autonomía de la voluntad” puede resumirseen el clásico adagio que reza “todo lo que no está prohibido, está permitido”.Es decir que, en los contratos que celebran los particulares, las partestienen un amplio margen para definir de qué modo regularán su relacióncontractual, teniendo como únicos límites ciertas exigencias establecidasen las normas, de cumplimiento ineludible (por ejemplo, la formalizaciónen escritura pública de determinados contratos, como la compra-ventade inmuebles), y algunas prohibiciones expresas (por ejemplo, por mediode un contrato nadie se puede obligar a realizar una conducta ilícita).✓ Por otro lado, el principio de “igualdad jurídica entre las partes” significaque, independientemente del poder económico, la posición social u otrasvariables de los intervinientes en el contrato, éstos son, frente a las normas,exactamente iguales, sin que a una de ellas se le pueda reconocer una posiciónde privilegio, superioridad o ventaja frente a la otra. Esto es así porque,en definitiva, en un contrato entre particulares sólo están comprometidoslos intereses de las partes, de los individuos o empresas que celebranel contrato. Estos intereses, al ser de idéntica naturaleza, merecen la mismaprotección jurídica.

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