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Universidad Centroamericana - Capacity4Dev - Europa

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derecho sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en unasociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden público opara proteger la salud o la moral pública o de los derechos y libertades de los demás”.A nivel constitucional, la Constitución de la República de El Salvador dispone, en el art. 7,que “los habitantes de El Salvador tienen derecho a asociarse libremente y a reunirsepacíficamente y sin armas para cualquier objeto lícito. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a unaasociación. No podrá limitarse ni impedirse a una persona el ejercicio de cualquier actividad lícita,por el hecho de no pertenecer a una asociación”.La libertad de asociación, pues, posee una base legal histórica, que debería permitir lalibertad de las personas para constituir organizaciones o para no constituirlas o conformarlas,según sea su voluntad. Los Estados, en consecuencia, están obligados jurídica, política ymoralmente a permitir su organización y funcionamiento, y a no entorpecer, impedir o reprimir susactividades. Ahora bien, las organizaciones no estatales, pese a tener basado su reconocimientojurídico en el plano del derecho internacional y constitucional, deben también cumplir con losrequerimientos legales del derecho interno para formalizar su personalidad jurídica, conforme a laConstitución.Las normas del derecho interno salvadoreño posibilitan el reconocimiento de lapersonalidad jurídica de las organizaciones no estatales, sean estas nacionales o extranjeras. ElEstado salvadoreño está organizado de forma tal que existen instituciones responsables para lasdistintas organizaciones no estatales que conforman la sociedad civil, así como su respectivocuerpo legal.Tipos deorganizaciónAsociaciones yfundaciones sinfines de lucroAsociacionesprofesionales osindicatosAsociacionescooperativasAsociaciones dedesarrollo comunalTabla VOrganizaciones no estatales reconocidas por la normativa salvadoreñaFuente: Elaboración propia.Institución que acreditapersonalidad jurídicaDirección General de Registro,Ministerio de GobernaciónDirección General de Trabajo,Ministerio de Trabajo yPrevisión SocialInstituto Salvadoreño deFomento CooperativoLey que lo fundamentaLey de Asociaciones yFundaciones sin Fines deLucroCódigo de TrabajoLey de Organización yFunciones del Sectortrabajo y previsión socialLey de creación delInstituto Salvadoreño deFomento Cooperativo262 Alcaldías Municipales Código Municipal ‐Reglamento de la LeyReglamento de la Ley deAsociaciones yFundaciones sin Fines deLucro‐Reglamento interno delInstituto Salvadoreño deFomento CooperativoLas organizaciones de la sociedad civil crecieron en El Salvador después de los acuerdos depaz, fundamentalmente se convirtieron en receptoras de ayuda internacional de posguerra. Endiciembre de 1995, el entonces ministro del Interior, Mario Acosta Oertel, reveló un plan pararegular las asociaciones. En esa oportunidad manifestó que la nueva ley “pondría a las ONG a tono61

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