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ALTERNATIVAS AL INTERNAMIENTO PARA MENORES INFRACTORES

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• Reforzar los factores de protección.<br />

• Eliminar las influencias negativas.<br />

• Cuidar del joven.<br />

• Cambiar la conducta del joven.<br />

• Fomentar la reintegración exitosa de los jóvenes en la sociedad.<br />

La medida es impuesta por un juez con el asesoramiento de la Junta de Protección de<br />

Menores. Esta medida puede tener una duración de entre seis meses y un año, periodo que<br />

puede renovarse una vez. La medida puede constar de varias intervenciones independientes.<br />

Puede incluir programas de formación y tratamiento, tales como intervenciones específicas<br />

sobre la conducta: terapia de control de la ira o programas destinados a abordar problemas de<br />

drogadicción o alcoholismo. En la medida puede incluirse el acogimiento familiar.<br />

Evaluación y valoración<br />

Esta medida se aplica con escasa frecuencia (unas 60 veces al año) y se ha investigado el porqué.<br />

El Ministerio responsable de esta medida desea mantenerla con el fin de ayudar a cumplir los<br />

requisitos establecidos por la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas<br />

(CDN) y para proporcionar una alternativa a la privación de libertad. Por esta razón se está<br />

trabajando para ofrecer a las partes interesadas una mejor información sobre la medida. Sin<br />

embargo, aún no se ha llevado a cabo una investigación formal sobre los jóvenes que han sido<br />

objeto de medidas conductuales.<br />

En las evaluaciones de la práctica, se ha considerado satisfactoria la pertinencia de los programas,<br />

mientras que la eficiencia y la eficacia del programa se han calificado como insatisfactorias.<br />

La posibilidad de plasmación de los resultados de la evaluación en declaraciones de buenas<br />

prácticas se ha clasificado como dentro de la media. Sin embargo, se desconoce el impacto del<br />

programa, así como su sostenibilidad y transferibilidad.<br />

CONCLUSIÓN<br />

Las medidas alternativas que tienen un enfoque educativo ofrecen una serie de ventajas. Cabe<br />

señalar que algunas medidas alternativas que no se han incluido dentro de este grupo pueden<br />

también incorporar un objetivo educativo. Las buenas prácticas mencionadas anteriormente<br />

demuestran el buen funcionamiento de las medidas con enfoque educativo aplicadas<br />

actualmente en los distintos contextos legislativos. Se observa que estas medidas pueden ser<br />

aplicadas tanto mientras el joven permanece en su comunidad como mientras vive en una<br />

residencia o institución educativa, hogar de acogida u otros lugares. Un elemento fundamental<br />

de las buenas prácticas que se desprende de los ejemplos anteriores es que, a menudo, la<br />

medida implica una estrecha colaboración tanto con la familia del joven como con el propio<br />

GUIA DE BUENAS PRÁCTICAS EN EUROPA / 39

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