ALTERNATIVAS AL INTERNAMIENTO PARA MENORES INFRACTORES
alternativas_al_internamiento_para_menores_infractores
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CONCLUSIÓN<br />
Las buenas prácticas en las medidas asistenciales demuestran que es posible ofrecer una<br />
intervención asistencial mientras el joven permanece en su entorno familiar o mientras convive<br />
con otra persona, familia o grupo. Estos tipos de acogida pueden ser especialmente beneficiosos<br />
en los casos en que se considera que el entorno familiar contribuye a las conductas delictivas.<br />
Sin embargo, este tipo de medidas presenta una ventaja fundamental: la estrecha colaboración<br />
con la familia del joven participante. Otra ventaja de estos tipos de medidas terapéuticas o<br />
asistenciales es que pueden utilizarse para tratar problemas de conducta específicos o grupos<br />
particularmente problemáticos de jóvenes, incluidos los considerados de alto riesgo. Esto<br />
permite que este tipo de intervenciones alternativas se apliquen a jóvenes que, de lo contrario,<br />
no podrán beneficiarse de otras medidas alternativas. Además, la orientación específica de los<br />
programas a determinados tipos de problemas de conducta posibilita el tratamiento directo<br />
de las causas concretas de la conducta delictiva. Asimismo, proporciona un mecanismo para<br />
incorporar a las intervenciones técnicas psicológicas como la terapia cognitivo-conductual.<br />
Este tipo de prácticas presentan también una ventaja relevante: los indicios de efectos positivos<br />
entre los jóvenes con conductas especialmente problemáticas.<br />
3.3.4 Medidas reparadoras<br />
La justicia reparadora se ha convertido en un aspecto fundamental de la práctica en numerosos<br />
sistemas de justicia de menores y, aunque no se cita explícitamente en la CDN de la ONU, su uso<br />
ha sido respaldado y recomendado por el Comité de los derechos del niño. La justicia reparadora<br />
tiene como objetivo subsanar el daño causado por un delito mediante la participación conjunta<br />
del infractor, la víctima y otros miembros de la comunidad. Se utiliza con frecuencia en sistemas<br />
de justicia de menores y a menudo toma la forma de conferencias de conciliación familiar. En<br />
este tipo de justicia reparadora, el niño, sus padres o tutores u otro adulto autorizado se reúnen<br />
con la víctima. Si se considera beneficioso, también pueden incluirse a otros miembros de la<br />
comunidad, como un maestro o profesor del niño, por ejemplo. Generalmente, el encuentro<br />
es dirigido por un moderador. El proceso otorga espacio a las víctimas para expresar cómo<br />
les ha afectado la infracción. De esta manera, se espera que el delincuente se conciencie en<br />
mayor medida sobre el daño causado por su infracción y se responsabilice de sus actos. En<br />
estas reuniones, se elabora un plan al que contribuyen el infractor y su familia. Así, el joven<br />
pide disculpas a su víctima y se compromete a algún tipo de reparación o a pagarle una<br />
indemnización. También se elabora un plan para ayudar al joven a evitar conductas delictivas<br />
en el futuro. El plan acordado puede especificar ciertos requisitos, tales como la asistencia al<br />
centro educativo, cursos o alguna actividad concreta. En algunos sistemas judiciales, el plan<br />
elaborado en esta conferencia de conciliación familiar puede ser aprobado por el tribunal y<br />
elevado a sentencia judicial. No obstante, al aplicar medidas reparadoras debe tenerse cuidado<br />
de respetar en todo momento los derechos del joven. 33<br />
En la actualidad, los diversos sistemas judiciales europeos aplican diversos tipos de medidas<br />
reparadoras y se ha identificado una serie de programas, que resultan representativos de las<br />
buenas prácticas en esta área, a saber:<br />
33 Más información: Lynch, N., «Restorative Justice through a Children’s Rights Lens» (2010) 18(2) International Journal<br />
of Children’s Rights 161<br />
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