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88<br />
5.2 TRÁMITES OBLIGATORIOS CUANDO SE PRODUCE UN ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD<br />
PROFESIONAL<br />
• La notificación de accidentes y enfermedades<br />
Cuando se produce un accidente de trabajo que suponga la baja médica del trabajador de, al menos un<br />
día, el empresario deberá cumplimentar el parte oficial de accidente de trabajo y remitirlo a la Mutua de<br />
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales en los plazos establecidos y aportando los datos<br />
requeridos. Esta notificación se realiza mediante el sistema Delt@ 18 .<br />
¿Cuáles son los plazos para presentar el parte de accidente?<br />
– Comunicación urgente en caso de accidente grave, muy grave, mortal o múltiple (que afecte a más<br />
de 4 trabajadores): 24 horas.<br />
– Parte de accidente: 5 días hábiles contados desde la fecha del accidente o de la baja médica.<br />
– Relación de accidentes sin baja: mensualmente en los primeros 5 días hábiles de cada mes.<br />
– Relación de altas o fallecimientos: mensualmente antes del día 10 del mes siguiente.<br />
Cuando se produce una enfermedad profesional, el procedimiento regula que la Entidad Gestora o la<br />
Mutua que asuma la protección de las contingencias profesionales, es la obligada a elaborar y tramitar<br />
el parte de enfermedad profesional, sin perjuicio del deber de las empresas (o de los trabajadores<br />
por cuenta propia que dispongan de cobertura por contingencias profesionales) de facilitar a aquélla<br />
la información que les sea requerida para su elaboración. Este trámite se lleva a cabo por medio de la<br />
aplicación informática CEPROSS 19 .<br />
• La investigación de daños a la salud del trabajador<br />
Según el artículo 16.3 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995), cuando se produzcan<br />
daños para la salud de los trabajadores, el empresario deberá llevar a cabo una investigación con el fin<br />
conocer los hechos ocurridos.<br />
El objetivo principal de la investigación es identificar las causas que han generado el accidente a través<br />
de los hechos acaecidos, para poder diseñar e implantar medidas correctoras encaminadas a eliminar<br />
esas causas y evitar su repetición.<br />
18<br />
ORDEN TAS/2926/2002, de 19 de noviembre, por la que se establecen nuevos modelos para la notificación de los accidentes de trabajo y se posibilita su<br />
transmisión por procedimiento electrónico.<br />
19<br />
CEPROSS: Comunicación de Enfermedades Profesionales, Seguridad Social. Acceso a la dirección electrónica: www.segsocial.es.