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Subasta Joyas diciembre 2018

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NORMAS APLICADAS EN LA CATALOGACIÓN<br />

1) En la catalogación de joyas por épocas y/o estilos.<br />

Cuando a criterio del departamento, una joya haya sido realizada con anterioridad a 1960, se procurará describirla como perteneciente a<br />

un determinado periodo o estilo, de acuerdo con su diseño, hechura, características, metal, gemas, engastado, etc...<br />

Cronológicamente, los principales estilos abarcan aproximadamente los siguientes periodos:<br />

Neoclásico 1780-1820<br />

Isabelino o Victoriano 1840-1900<br />

Belle Epoque 1900-1920<br />

Art Nouveau - Modernista 1890-1910<br />

Art Decó 1910-1940<br />

Retro 1940-1955<br />

El término “antiguo” se utiliza para joyas anteriores a 1900 que no puedan incluirse en un estilo concreto.<br />

Se usan aproximaciones cronológicas (principios, mediados, finales, etc...), en joyas de una determinada época que no encajan en un estilo<br />

concreto o que tienen difícil datación.<br />

Si la catalogación utiliza el término “estilo” acompañado del nombre de éste, el comprador debe considerar que la joya se ha fabricado<br />

recientemente, siguiendo o copiando diseños de aquella época. Así por ejemplo, un broche catalogado “estilo Art Decó” será una joya<br />

moderna, más o menos reciente, con igual o parecido diseño al original propio del periodo 1910-1940; por el contrario, si una joya es<br />

catalogada como “Art Decó” debe entenderse como pieza original realizada en ese mismo periodo.<br />

2) En la catalogación del metal con el que están hechas las joyas.<br />

Los metales preciosos habitualmente utilizados en joyería son el oro, el platino y la plata. Los tres en estado puro resultan demasiado<br />

“blandos”, por lo que –salvo excepciones, monedas por ejemplo– se emplean aleados con otros metales (cobre, plata, paladio, niquel, zinc,<br />

etc...). El porcentaje de metal precioso empleado en la aleación se expresa en milésimas (1000 milésimas = metal puro) y se indica en kilates<br />

(K) –no confundir con el quilate métrico (ct ó q) utilizado en el peso–- Determinados porcentajes, diferentes según los países, están<br />

sujetos a normativas legales. En España, esos porcentajes se denominan “ley”, hablándose de “oro de ley”, “primera ley”, “segunda ley”, etc...<br />

Contrastes vigentes en España desde el 1 de enero de 1989:<br />

1ª ley Oro 18K 750/1000 Contraste<br />

2ª ley Oro 14K 583/1000 Contraste<br />

Platino 950/1000 Contraste<br />

1ª ley Plata 925/1000 Contraste<br />

2ª ley Plata 800/1000 Contraste<br />

El oro puede presentar diferentes coloraciones, dependiendo de la naturaleza o la proporción de los otros metales empleados en la aleación.<br />

En algunos colores (amarillo, blanco, rojo, rosa, verdoso) es posible conseguir la primera ley, sin embargo, en otros (negro) es imposible.<br />

En la catalogación se indica el metal que se haya podido determinar con el método de toque o similar y su correspondiente ley. Sin embargo,<br />

la falta de unificación internacional de normas o la ausencia de éstas en épocas anteriores, hacen que pequeñas diferencias en las aleaciones<br />

no puedan determinarse con exactitud con el método utilizado, por lo que este dato debe considerarse como aproximado.<br />

El departamento utiliza en la catalogación las siguientes denominaciones:<br />

Oro fino u oro de 24K<br />

Oro de ley, oro de 18K u oro de 750 milésimas<br />

Oro de 2ª ley, oro de 14K u oro de 583 milésimas<br />

Oro bajo (para oro de menos de 583/1000)<br />

Oro (para oro cuya ley no se ha podido determinar)<br />

Platino (tanto para 950 como 900 milésimas)<br />

Plata, plata 1ª ley, plata 925 milésimas o “sterling”<br />

Plata 2ª ley o plata de 800 milésimas

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