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Plan Territorial Municipio de Aibonito

Núm. 1 al Oeste, incluyendo los lotes aldedaños, hasta incluir la parcela última donde

termina la calle. Sigue hacia el norte desde el límite oeste de la parcela última donde

termina la Calle Ramírez Núm. 1, hasta llegar a la Calle Diego Becerra. Sigue al Norte

hasta el Río Aibonito. Sigue al Este por el Río Aibonito hasta su bifurcación. Sigue al

Este por el Río Aibonito, hasta terminar en el pueste del Capitán Wheeler en la Calle

Cpt. H. Wheeler.

Se utilizó en el Plan Territorial esta delimitación como el Plan de Área del Centro Urbano

de Aibonito, para de esta forma delimitar los usos corespondientes y protección de las

edificaciones históricas de Aibonito.

El área zonificada vigente comprende el centro urbano y parte de los terrenos

propuestos para futuro crecimiento urbano. Además, han identificado proyectos de

urbanización de viviendas y otros de envergadura, como la infraestructura vial y otros,

como parte de la revisión a lo existente. La calificación de suelos es conforme al

Reglamento Conjunto de Permisos para Obras de Construcción y Obras de Terrenos

(Reglamento Número 31), con vigencia del 29 de noviembre de 2010 y sus

subsiguientes enmiendas, el cual es adoptado por el Municipio de Aibonito.

El propósito principal de la calificación es la utilización intensa del suelo urbano,

aprovechando los espacios vacantes y disponibles que existen dentro del ámbito de

expansión urbana. Se tomarán en consideración las densidades y usos deseados para

alcanzar los objetivos propuestos.

Suelo Urbanizable

Son los suelos que el Plan de Ordenamiento Territorial, declare fundamentales en su

estructura general para ser urbanizados sobre la base de la necesidad de terrenos que

permitan acomodar el crecimiento del Municipio en distintos periodos de tiempo. En

estos terrenos el Municipio establecerá sus Planes de Ensanche. Dentro del Suelo

Urbanizable se desprenden dos categorías: Suelo Urbanizable Programado (SUP) y

Suelo Urbanizable No programado (SUNP).

El crecimiento de Aibonito, debe realizarse de una forma armónica, por lo que los

suelos urbanizables deben desarrollarse de modo que produzcan un ambiente de

calidad. Los siguientes elementos se tomaron en consideración durante la identificación

y clasificación del suelo urbanizable.

Dirección espontánea del crecimiento

Disponibilidad y viabilidad de infraestructura

Terrenos que no estén identificados como de alta capacidad agrícola

Terrenos con facilidad de accesos viales

Interacción con el suelo urbano

Memorial Plan Final 186

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