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Plan Territorial Municipio de Aibonito

Calidad de los terrenos para el ensanche urbano, Ej. Topografía, no

propensos a inundaciones, deslizamientos, etc.

Consultas de Ubicación de proyectos aprobados por la Junta de

Planificación, en la periferia urbana

Los terrenos de expansión de Aibonito, clasificados como suelo urbanizable identificados

para acomodar el crecimiento urbano, cubren un área de aproximadamente de 203.9

cuerdas, equivalentes a un 1.0% del total del territorio municipal.

El Plan Territorial de Aibonito, busca alentar el desarrollo compacto persiguiendo limitar

la cantidad de terrenos y localizando las áreas de expansión en los suelos adyacentes al

área construida en el suelo urbano existente o con facilidades de infraestructura

accesibles. No obstante, existen proyectos de urbanización ya aprobados y en proceso

de aprobación por la Junta de Planificación, que están localizados fuera del área

construida y que han sido considerados.

Los terrenos de expansión contiguos al suelo urbano están clasificados como Suelo

Urbanizable Programado y No Programado, tomando en consideración su desarrollo y

programa de proyectos.

Suelo Urbanizable Programado Programado (SUP)

Son aquellos suelos que dentro del Plan sean declarados aptos para ser urbanizables en

un periodo de cuatro (4) años, a partir de la vigencia del Plan. Este Suelo Urbanizable

Programado (SUP), requiere de un Plan de Ensanche. Aibonito ha tomado en

consideración 112.7 cuerdas (0.55%) de Suelo Urbanizable Programado (SUP).

Suelo Urbanizable No Programado (SUNP)

Es todo aquel suelo que de acuerdo al Plan de ordenamiento, pueda ser urbanizado en

periodo de previsible de cuatro (4) y ocho (8) años, a partir de la vigencia del Plan.

Toda conversión de un suelo urbanizable no programado en suelo urbanizable

programado requerirá entre otras cosas de un Plan de Ensanche y la revisión del Plano

de Clasificación de Suelos del Plan Territorial. Aibonito ha tomado en consideración

91.2 cuerdas (0.44%) de Suelo Urbanizable No Programado (SUNP).

Suelo Rústico

Son todos aquellos terrenos que el Plan deberá entre otras cosas mantener

expresamente libre del proceso urbanizador por razones de evitar la degradación del

paisaje y la destrucción del patrimonio natural. Establecer medidas para la forma no

urbana; delimitando el suelo que debe ser especialmente protegido debido a sus

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