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188sintéticas, jabones y detergentes, concentradosindustriales, productos farmacéuticos y pinturas.(CESCCO/MIAMBIENTE, 2009a).El ingreso de mercancías al país es autorizadoy controlado por la Dirección Adjunta de RentasAduaneras de la Dirección Ejecutiva de Ingresos(DEI)82, entidad desconcentrada y adscrita a laSecretaría de Estado en el Despacho de Finanzas(SEFIN). Para ello cuenta con 17 aduanas (2 áreas,7 terrestres y 8 marítimas) que forman parte delsistema aduanero nacional de conformidad conlas disposiciones emitidas en la Ley de Aduanas,Decreto n.° 2112 – 87. Además, de la DEI, otrasinstituciones del Gobierno tienen competenciaen el proceso de regulación de la importación dealgunos productos y materiales, entre las cualesdestacan:1. Secretaría de Agricultura y Ganadería(SAG): fertilizantes, plaguicidas de usoagrícola y productos veterinarios.2. Secretaría de Salud: asbesto, plaguicidasde uso doméstico y sustancias controladas.3. Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente(MIAMBIENTE): sustancias agotadoras dela capa de ozono, con base en el Protocolode Montreal y procedimiento acordadoen el Reglamento General sobre uso deSustancias Agotadoras de la Capa deOzono.4. Secretaría de Industria y Comercio:productos derivados del petróleo.5. Secretaría de Defensa Nacional: control ysupervisión sobre la venta, tenencia y usode los explosivos.6. Secretaría de Relaciones Exteriores: armasquímicas.A partir de 2010, la DEI dispone del Manualde Procedimientos Administrativos CAUCA IV-RECAUCA IV el cual explica el procedimientogeneral de declaraciones de mercancías.Al 2013, se evidenció que no existe unprocedimiento específico para el ingreso deproductos químicos industriales al país, noobstante, estos están sujetos al procedimientogeneral de declaraciones de mercancías,definidas en el Manual. (DEI, 2010).El Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria(SENASA) de la SAG, tiene procedimientosespecíficos para los productos químicos de usoagrícola, que emanan del Reglamento sobre elregistro, uso y control de plaguicidas y sustanciasafines. Este instrumento legal establece lasdisposiciones técnicas, administrativas y legalespara el registro, importación, fabricación,formulación, reempaque, reenvase, transporte,almacenaje, venta, uso, manejo y exportaciónde los agroquímicos, biológicos, biotecnológicoso sustancias afines. Además, existen leyes queconceden beneficios fiscales a los importadores,como el ingreso de los productos, materiales osustancias bajo un régimen especial. (PNGPQ,2014).2.7.1. Usos de los Productos QuímicosEn la actualidad el país no cuenta con controlessistemáticos referentes al uso de sustanciasquímicas, lo que impide conocer la cantidadde toneladas utilizadas al año por clase desustancia. Esta situación se debe a que en lasinstancias reguladoras de las sustancias químicasse controla la sustancia que se importa y nolos volúmenes que se utilizan en los procesos,tampoco se controla la calidad de maneraadecuada, ni el transporte, almacenamiento,uso y manejo que se les brinda a esas sustancias.Para el almacenamiento, en el país existenalmacenes fiscales públicos donde las sustanciasquímicas pueden permanecer hasta un máximo de20 días, tiempo después del cual son declaradasen abandono para su posterior eliminación.Estos almacenes son manejados por la empresaSERLIPSA y se encuentran en las aduanas de LaMesa, Toncontín y Puerto Cortés, donde existen<strong>GEO</strong> Honduras 2014

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