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244Consejo Nacional de Agua y Saneamiento(CONASA)Está integrado por los Secretarios de Estado enlos Despachos de: Salud, Secretaria del Interiory Población, Recursos Naturales y Ambiente,y, Finanzas; un representante de la Asociaciónde Municipios de Honduras (AHMON); unrepresentante de las juntas administradorasde acueductos rurales, que en este caso estáocupado por la Asociación Hondureña deJuntas Administradoras de Agua (AHJASA); y unrepresentante de los usuarios. El CONASA espresidido por el Secretario de Salud, actuando elGerente de SANAA como su Secretario Ejecutivo.Ente Regulador de los Servicios de AguaPotable y Saneamiento (ERSAPS).El Ente Regulador de los Servicios de Agua Potabley Saneamiento (ERSAPS) fue creado mediantela Ley Marco de Sector (vigente desde el 8 deoctubre de 2003), adscrita a la Secretaría deEstado en el Despacho de Salud con el propósitode regular y controlar la prestación de losservicios de agua potable y saneamiento anivel nacional. Siendo una de sus atribucionesmantener un registro público de la informaciónpresentada por los prestadores de servicio y dela que se genere sobre los aspectos técnicos,económicos y operativos de la prestación de losservicios.Servicio Nacional de Acueductos yAlcantarillados (SANAA).La Ley Marco del sector le asigna la funciónde Secretaria Técnica de apoyo al CONASAy la función de ente técnico para apoyo delas municipalidades, Juntas de Agua y EnteRegulador (ERSAPS); además establece que elSANAA deberá descentralizar los servicios a lasmunicipalidades y estas deberán descentralizardel Gobierno Local dichos servicios. ElSANAA únicamente opera y mantiene agua yalcantarillado en Tegucigalpa y solo agua a XXciudades del país. Las municipalidades por suparte operan y mantienen ambos sistemas en laslocalidades a su cargo.En el proceso de descentralización, elSANAA tendrá que transferir los Sistemas,su administración y financiamiento a lasMunicipalidades y deberá facilitar y fortalecerel proceso de descentralización Municipal deaquellos sistemas, administrados y operados porellas, para crear las empresas prestadoras deestos servicios.Las Juntas de Agua Urbanas que actualmentecomparten la responsabilidad Municipal de laprestación, no están sujetas a ninguna clase deregulación y tienen una función complementariaa la prestación de los servicios ante la falta derespuesta institucional. Dentro de las estrategiasdel proceso de descentralización se debe delimitarlos campos de actuación y la exigibilidad enmateria de regulación debe ser única.En adición, este nuevo instrumento jurídicocrucial para el sector, establece coninteligente previsión histórica que el SANAAse reoriente vigorosamente para depositar(i) las tareas de planeación sectorial en elCONASA, (ii) de normatividad en el ERSAPSy (iii) de estudio, diseño, proyecto ejecutivo,construcción, operación, mantenimiento, yde aspectos comerciales y financieros, en lasmunicipalidades preferentemente si bien seha previsto jurídicamente que puedan hacersecargo desde comunidades rurales, comunidadesmicro urbanas de nivel local, y hasta arreglosintermunicipales de diversa índole .En ese estado de cosas, el SANAA experimentaráuna verdadera reingeniería para fungir a lavez como Secretaría Técnica del CONASA, yencabezar la Secretaría Ejecutiva de ese órgano<strong>GEO</strong> Honduras 2014

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