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Manual Laboral <strong>2015</strong><br />
INTERINIDAD<br />
Objeto<br />
Duración<br />
Sustituir a trabajadores con reserva del puesto de trabajo, o<br />
para cubrir un puesto durante un proceso de selección.<br />
El tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido con<br />
derecho a la reserva del puesto de trabajo.<br />
Formalización Siempre por escrito, especificando con claridad y precisión el<br />
carácter de la contratación, identificando al trabajador sustituido<br />
y la causa de la sustitución. Únicamente podrá celebrarse a<br />
tiempo parcial, si el trabajador sustituido estuviera contratado<br />
a tiempo parcial.<br />
Extinción<br />
Por la reincorporación del trabajador sustituido, o vencimiento<br />
del plazo legal establecido para la reincorporación; por extinción<br />
de la causa que dio lugar a la reserva del puesto de trabajo, o 3<br />
meses en los procesos de selección.<br />
CONTRATO DE RELEVO<br />
Objeto<br />
Duración<br />
Se concierta con un trabajador desempleado inscrito en la<br />
Oficina de Empleo, o con un contrato de duración determinada<br />
en la misma empresa, para sustituir a un trabajador que se<br />
jubila parcialmente.<br />
Por tiempo indefinido, o por el tiempo que falte al trabajador<br />
sustituido para alcanzar la edad de jubilación. Si el trabajador<br />
jubilado parcial continuara trabajando después de alcanzar la<br />
edad de jubilación, el contrato de relevo podrá prorrogarse por<br />
períodos anuales.<br />
Formalización Siempre por escrito. Se podrá concertar a jornada completa<br />
o a tiempo parcial con una jornada, como mínimo, igual a la<br />
reducción de jornada acordada con el trabajador sustituido.<br />
Extinción<br />
Al cumplir el trabajador sustituido la edad de jubilación. Si se<br />
produjera el cese del trabajador relevista, la empresa deberá<br />
sustituirlo en el plazo de 15 días. En el caso de incumplimiento<br />
de las obligaciones previstas, la empresa deberá abonar a<br />
la Entidad Gestora el importe de la prestación de jubilación<br />
devengada desde ese momento.<br />
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