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Manual Laboral <strong>2015</strong><br />

PENSIONES<br />

NOVEDADES EN MATERIA DE PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL<br />

PARA EL AÑO <strong>2015</strong><br />

Tradicionalmente, a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado y<br />

otras normas complementarias, cada año se publican modificaciones legales<br />

que afectan a diversos aspectos en materia de prestaciones de la Seguridad<br />

Social.<br />

Para el año <strong>2015</strong>, los principales textos legales que dan lugar a estas<br />

modificaciones son:<br />

1.- Ley 36/2014, de 26 de diciembre, (Presupuestos Generales del Estado para<br />

el año <strong>2015</strong>).<br />

2.- Real Decreto 1107/2014, de 26 de diciembre, (sobre revalorización de las<br />

pensiones del sistema de Seguridad Social para el año <strong>2015</strong>).<br />

COMPLEMENTOS PARA PENSIONES INFERIORES A LA MÍNIMA<br />

1. La cuantía del COMPLEMENTO AL MÍNIMO, no podrá superar la cuantía<br />

establecida para pensiones de jubilación e invalidez en su modalidad<br />

no contributiva.<br />

2. Para poder percibir COMPLEMENTOS AL MÍNIMO, será necesario<br />

residir en territorio español. Como norma general, se entenderá<br />

cumplido este requisito cuando el interesado no realice estancias en el<br />

extranjero superiores a 90 días a lo largo de cada año natural.<br />

EN MATERIA DE JUBILACIÓN<br />

1.- La Ley 27/2011, de 1 de agosto, modificó de forma progresiva y gradual el<br />

requisito de la edad ordinaria de acceso a la pensión de jubilación, pasando<br />

de los 65 años de edad (para el año 2012) a los 67 años de edad (para el año<br />

2027). El Real Decreto 1716/2012, de 28 de diciembre, establece las reglas para<br />

calcular y determinar la edad exacta en que cada persona podrá acceder a<br />

la pensión de jubilación, en función de los períodos de cotización acreditados<br />

por el interesado a la Seguridad Social.<br />

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