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Manual Laboral <strong>2015</strong><br />
PENSIONES<br />
NOVEDADES EN MATERIA DE PENSIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL<br />
PARA EL AÑO <strong>2015</strong><br />
Tradicionalmente, a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado y<br />
otras normas complementarias, cada año se publican modificaciones legales<br />
que afectan a diversos aspectos en materia de prestaciones de la Seguridad<br />
Social.<br />
Para el año <strong>2015</strong>, los principales textos legales que dan lugar a estas<br />
modificaciones son:<br />
1.- Ley 36/2014, de 26 de diciembre, (Presupuestos Generales del Estado para<br />
el año <strong>2015</strong>).<br />
2.- Real Decreto 1107/2014, de 26 de diciembre, (sobre revalorización de las<br />
pensiones del sistema de Seguridad Social para el año <strong>2015</strong>).<br />
COMPLEMENTOS PARA PENSIONES INFERIORES A LA MÍNIMA<br />
1. La cuantía del COMPLEMENTO AL MÍNIMO, no podrá superar la cuantía<br />
establecida para pensiones de jubilación e invalidez en su modalidad<br />
no contributiva.<br />
2. Para poder percibir COMPLEMENTOS AL MÍNIMO, será necesario<br />
residir en territorio español. Como norma general, se entenderá<br />
cumplido este requisito cuando el interesado no realice estancias en el<br />
extranjero superiores a 90 días a lo largo de cada año natural.<br />
EN MATERIA DE JUBILACIÓN<br />
1.- La Ley 27/2011, de 1 de agosto, modificó de forma progresiva y gradual el<br />
requisito de la edad ordinaria de acceso a la pensión de jubilación, pasando<br />
de los 65 años de edad (para el año 2012) a los 67 años de edad (para el año<br />
2027). El Real Decreto 1716/2012, de 28 de diciembre, establece las reglas para<br />
calcular y determinar la edad exacta en que cada persona podrá acceder a<br />
la pensión de jubilación, en función de los períodos de cotización acreditados<br />
por el interesado a la Seguridad Social.<br />
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