MANUAL DE SEGURIDAD PARA PERIODISTAS
RSF_MANUAL_SEGURIDAD_PERIODISTAS_2015
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impugnar el secreto de los asuntos públicos o privados de<br />
forma excepcional y por motivos claramente expresados.<br />
2. El periodista tiene derecho a rechazar cualquier<br />
subordinación contraria a la línea general de su empresa,<br />
según lo determinado por escrito en su contrato, y cualquier<br />
subordinación que no esté claramente comprendida en esta<br />
línea general.<br />
3. El periodista no puede ser obligado a cumplir con una actividad<br />
profesional o a expresar una opinión contraria a sus creencias<br />
o su conciencia.<br />
4. El equipo de redacción debe ser informado, de forma<br />
obligatoria, de cualquier decisión importante que pueda afectar<br />
a la empresa. Al menos, debe ser consultado antes de una<br />
decisión definitiva sobre cualquier medida que afecte a su<br />
composición: contratación, despido, traslado y promoción de los<br />
periodistas.<br />
5. En consideración a su función y a sus responsabilidades,<br />
el periodista tiene derecho no sólo a beneficiarse de los<br />
convenios colectivos, sino también a un contrato personal<br />
que garantice su seguridad material y moral, así como a una<br />
remuneración que se corresponda con su función social y que<br />
sea suficiente para garantizar su independencia económica.<br />
reporteros sin fronteras 119