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MANUAL DE SEGURIDAD PARA PERIODISTAS

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impugnar el secreto de los asuntos públicos o privados de<br />

forma excepcional y por motivos claramente expresados.<br />

2. El periodista tiene derecho a rechazar cualquier<br />

subordinación contraria a la línea general de su empresa,<br />

según lo determinado por escrito en su contrato, y cualquier<br />

subordinación que no esté claramente comprendida en esta<br />

línea general.<br />

3. El periodista no puede ser obligado a cumplir con una actividad<br />

profesional o a expresar una opinión contraria a sus creencias<br />

o su conciencia.<br />

4. El equipo de redacción debe ser informado, de forma<br />

obligatoria, de cualquier decisión importante que pueda afectar<br />

a la empresa. Al menos, debe ser consultado antes de una<br />

decisión definitiva sobre cualquier medida que afecte a su<br />

composición: contratación, despido, traslado y promoción de los<br />

periodistas.<br />

5. En consideración a su función y a sus responsabilidades,<br />

el periodista tiene derecho no sólo a beneficiarse de los<br />

convenios colectivos, sino también a un contrato personal<br />

que garantice su seguridad material y moral, así como a una<br />

remuneración que se corresponda con su función social y que<br />

sea suficiente para garantizar su independencia económica.<br />

reporteros sin fronteras 119

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