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Memoria_2011

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cristalina, comunicados a la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social por las Inspecciones<br />

provinciales de Valencia y de Bizkaia, se planificó un Plan de Actuación en todas las empresas de la Comunidad<br />

Valenciana, de la Actividad económica: 26701, referida al Corte, tallado y acabado de la piedra, según el CNAE-93. Los<br />

resultados de la actuación realizada en la Comunidad Valenciana y en Bizkaia, indicaron la necesidad de efectuar una<br />

campaña en toda España en las empresas que fabrican o mecanizan o realizan operaciones de ajuste y montaje de piezas<br />

de “compacto de cuarzo” en el diseño de encimeras de cocina, baños, solería, aplacados y otros usos industriales con los<br />

mismos.<br />

En el Plenario de la Comisión de la Inspección de Trabajo celebrado en Galicia con las CC.AA., el 15 y 16 de marzo de<br />

2010, se informó a las mismas que dentro de los programas generales de objetivos, se iba a proponer la realización en<br />

todas las Comunidades Autónomas de una campaña sobre las empresas que fabrican o mecanizan placas de Compactos<br />

de Sílice Cristalina, justificando la actuación inspectora de manera generalizada no solo en el número de casos ya<br />

diagnosticados en dichas Comunidades Autónomas, sino en la rapidez con la que se manifiesta la enfermedad en los<br />

trabajadores, superior a la de otras actividades con presencia de productos de sílice.<br />

B) DESARROLLO DE LA CAMPAÑA<br />

Los objetivos de la campaña han sido los siguientes:<br />

• Verificar la evaluación de riesgos, planificación de la actividad preventiva de la empresa.<br />

• Comprobar que se han adoptado medidas preventivas necesarias frente a los riesgos relacionados con la sílice<br />

cristalina (cuarzo) en todos los procesos y operaciones en los que pueda desprenderse polvo de sílice cristalina.<br />

• En caso de detectarse deficiencias, fijar plazos para su subsanación.<br />

• En el caso de detectarse deficiencias graves, relacionados con este tipo de trabajo, por ejemplo en los puestos de<br />

trabajo de corte (en seco), lijado y pulido de piezas, etc..., paralizar las actividades, en esa línea de trabajo, hasta el<br />

cumplimiento de todas las medidas preventivas.<br />

• Cuando fuera necesario, efectuar las propuestas de sanción que resulten pertinentes.<br />

• Investigación por los inspectores, y en su caso por técnicos de seguridad y salud, de todas las enfermedades<br />

profesionales de Silicosis, con o sin baja, comunicadas al CEPROSS, en cualquier actividad económica y en el<br />

ámbito de la Comunidad Autónoma o Provincia.<br />

Las empresas a inspeccionar han recibido información sobre el problema que se plantea, pues se les debía remitir<br />

mediante carta toda la información de que se disponía sobre el alcance del mismo, sobre las medidas a adoptar para<br />

prevenir las enfermedades profesionales y sobre las demás obligaciones que alcanzan a la empresa y las<br />

responsabilidades en que puede incurrir. Para facilitar la comprobación se ha facilitado a los inspectores actuantes una<br />

guía, así como otra documentación de interés.<br />

C) MEDIOS DE INVESTIGACIÓN<br />

Ministerio de Empleo y Seguridad Social<br />

En desarrollo de la campaña se finalizaron un total de 249 órdenes de servicio en materia de seguridad y salud. Se ha<br />

actuado en empresas correspondientes a la subactividad económica 2370 (CNAE 2009), referida al Corte, tallado y<br />

acabado de la piedra.<br />

D) RESULTADOS DERIVADOS DE LA ACTIVIDAD INSPECTORA<br />

CAMPAÑA DE SILICE CRISTALINA RESULTADOS<br />

Órdenes de Servicio 249<br />

Actuaciones 1.379<br />

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