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Memoria_2011

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pronunciamientos favorables a la Administración superan el 90%. Todo ello asegura la máxima eficiencia en el trabajo<br />

realizado por esta Unidad en el ámbito de recaudación de recursos del Sistema de la Seguridad Social.<br />

b) Colaboración en la gestión de la Seguridad Social<br />

Concepto Año 2010 Año <strong>2011</strong><br />

a) Importe Actas Infracción Mutuas de Accidentes<br />

de Trabajo y Enfermedades Profesionales<br />

b) Importe Actas de Infracción. Colaboración de<br />

empresas en la gestión<br />

97<br />

% Variación<br />

<strong>2011</strong>/2010<br />

427.191 185.007 ‐56,7%<br />

25.001 350.024 1300%<br />

Estas actas de infracción tuvieron su origen en 35 actuaciones realizadas en el año 2010, 14 actuaciones realizadas en el año<br />

<strong>2011</strong><br />

B) Actividad realizada en materia de Relaciones Laborales y Salud Laboral.<br />

Se resume a continuación la actividad realizada:<br />

Concepto Año 2010 Año <strong>2011</strong><br />

% Variación<br />

<strong>2011</strong>/2010<br />

a) Salud Laboral 94 90 ‐4,3%<br />

Requerimientos (incluidos ya en total de salud<br />

laboral )<br />

28 51 82,1%<br />

b) Expedientes de Regulación de Empleo 250 337 34,8%<br />

c) Empresas de Trabajo Temporal 148 82 ‐44,6%<br />

d) Actas de Infracción 2 7 250,0%<br />

e) Otras actuaciones 45 47 4,4%<br />

En síntesis y para concluir:<br />

1. En el año <strong>2011</strong> el número de órdenes generadas se ha incrementado en un 40%, debido básicamente al fuerte<br />

ascenso de los informes a emitir en los procedimientos de despidos colectivos o suspensiones de la actividad laboral<br />

por causas económicas, técnicas o productivas, más conocidos como Expedientes de Regulación de Empleo.<br />

2. No obstante lo anterior esta Dirección especial ha conseguido mantener el ratio de eficiencia inspector/recaudación en<br />

un 1,8 millones de euros, por efectivo. Ello cobra especial importancia, ya que como se apuntó más arriba todas las<br />

actas de liquidación elevadas a la Dirección General han sido confirmadas. Además, todas las actas elevadas a los<br />

Tribunales (Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Tribunal Supremo) de expedientes liquidatorios iniciados en esta<br />

Dirección Especial (en años anteriores) han desestimado la pretensión de la empresa, dando la razón a la actuación de<br />

los Inspectores adscritos a esta Unidad. En síntesis puede decirse que la práctica totalidad de los procedimientos<br />

habidos en el contencioso-administrativo han confirmado las actuaciones de la Dirección Especial.<br />

Ministerio de Empleo y Seguridad Social<br />

El mantenimiento de ratio de eficiencia Inspector/recaudación en ejercicios futuros, requerirá la asignación de efectivos<br />

adicionales que permita seguir atendiendo con la debida calidad y, en su caso prontitud requerida, los informes de Expedientes de<br />

Regulación de empleo, sin que esta actividad perjudique a la ya consolidada experiencia recaudatoria de esta Unidad.

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