INFORME DE RESULTADOS (2006-2012)
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El 9 mayo de 2011, mediante oficio COFEME/12/1171, la COFEMER requirió a esta Comisión<br />
información adicional que permitiera atender la totalidad de los comentarios que se emitieron<br />
durante el proceso de consulta pública.<br />
Finalmente, el 2 de mayo de <strong>2012</strong>, mediante acuerdo de Pleno P/210312/108, la Comisión<br />
Federal de Telecomunicaciones remitió a la COFEMER la respuesta al Dictamen Total, por el<br />
cual atiende las solicitudes realizadas por dicha dependencia.<br />
La Comisión espera publicar en el Diario Oficial de la Federación la nueva metodología de separación<br />
contable en agosto de <strong>2012</strong>.<br />
Con la información de contabilidad separada, los órganos reguladores fortalecerán las herramientas,<br />
que permitan identificar prácticas anticompetitivas y, así, proceder conforme a<br />
derecho y evitar la repetición de dicha práctica. Con ello, se dota de certidumbre a los inversionistas,<br />
ya que su incursión en el mercado será en condiciones equitativas.<br />
MERCADO <strong>DE</strong><br />
ENLACES <strong>DE</strong>DICADOS<br />
(2009-<strong>2012</strong>)<br />
El mercado de enlaces dedicados es de<br />
particular importancia en los precios finales<br />
de banda ancha, ya que representa<br />
40% del costo de la provisión del servicio<br />
para nuevos entrantes y pequeños competidores<br />
en el mercado de datos. Los altos<br />
costos que se pagan por éstos, explican en<br />
gran medida los altos precios que enfrentan<br />
los usuarios finales, o lo que es peor,<br />
la falta del servicio en muchas localidades.<br />
Por ello, a partir de las declaratorias de<br />
dominancia de COFECO en el 2009, el<br />
Pleno de COFETEL emitió el Proyecto de<br />
“Acuerdo mediante el cual el pleno de la<br />
Comisión Federal de Telecomunicaciones<br />
establece obligaciones específicas relacionadas<br />
con tarifas, calidad de servicio<br />
e información a concesionarios de redes<br />
públicas de telecomunicaciones que tengan<br />
poder sustancial de conformidad con<br />
la Ley Federal de Competencia Económica,<br />
en los mercados mayoristas de servicio de<br />
arrendamiento de enlaces dedicados locales,<br />
servicio de arrendamiento de enlaces<br />
Capítulo tres<br />
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