INFORME DE RESULTADOS (2006-2012)
INFORME DE RESULTADOS (2006-2012)
INFORME DE RESULTADOS (2006-2012)
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Capítulo cuatro<br />
..............................................<br />
218<br />
CERTEZA<br />
JURÍDICA<br />
La predictibilidad en la actuación de la autoridad<br />
regulatoria es fundamental para otorgar<br />
certeza jurídica al sector de la radiodifusión.<br />
Lo cual significa la seguridad que puede tener<br />
un operador para refrendar su concesión<br />
o permiso, toda vez que cumple con la<br />
normatividad vigente.<br />
REFRENDOS (2010)<br />
Los refrendos permiten planear adecuadamente las actividades<br />
de la industria. La certeza jurídica, se manifiesta<br />
en la continuidad de la operación de las estaciones de radio<br />
o de los canales de televisión, mantener los empleos<br />
directos o indirectos de la industria, todo lo relacionado<br />
con la producción y distribución de contenidos, el mercado<br />
de publicidad, la transmisión de los programas, etc.<br />
Es por ello, que los refrendos tienen un valor socioeconómico<br />
e histórico.<br />
La presente administración determinó resolver por la vía<br />
administrativa todos los refrendos de concesiones de radio<br />
y televisión, de acuerdo al marco legal que resultó de<br />
la controversia constitucional 26/<strong>2006</strong> a la Ley Federal<br />
de Radio y Televisión y a la Ley Federal de Telecomunicaciones.<br />
En agosto de 2010, el Pleno aprobó el criterio<br />
que permite avanzar en este proyecto.<br />
Con esta base, se ha resuelto el refrendo de 400 concesiones<br />
de radio y 5 de televisión, dando la seguridad<br />
jurídica necesaria, para desempeñar libremente sus tareas<br />
de comunicación, sin condicionar en forma alguna<br />
este ejercicio. Las etapas identificadas, corresponden al<br />
establecimiento de diversos criterios que han sido fundamentales<br />
para la resolución de los refrendos. En ellos,<br />
destaca que a partir de la segunda etapa, el refrendo se<br />
otorga condicionado al pago de la contraprestación, en<br />
consistencia con las reformas del 11 de abril de <strong>2006</strong> a<br />
la Ley Federal de Radio y Televisión y a la Ley Federal de<br />
Telecomunicaciones.