06.05.2013 Views

ORDEN GENERAL No. 067 DEL COMANDO GENERAL DE LA ...

ORDEN GENERAL No. 067 DEL COMANDO GENERAL DE LA ...

ORDEN GENERAL No. 067 DEL COMANDO GENERAL DE LA ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

25' *5$/<br />

Que, en Orden General <strong>No</strong>. 230, del 30 de noviembre del 2010, se ha publicado la Resolución <strong>No</strong>. 2010-109-CG-T-ASL, en<br />

cuya parte pertinente Resuelve: “1.- Colocar en Situación Transitoria, con fecha de publicación en la Orden General, al señor<br />

Policía Nacional VERA MIRANDA ROBERTO IVAN, con cédula de ciudadanía <strong>No</strong>. 1203463425, de conformidad con lo<br />

dispuesto en la Ley de Personal de la Policía Nacional, en los Arts: 60, literal d) y 94; esto es, por encontrarse en la Cuota de<br />

Eliminación Anual para el año 2010. El antes mencionado miembro policial dejará de constar en el CCD-CP2-DMG-UVC-<br />

OPERA-SU”.<br />

Que, revisada la Hoja de Vida Profesional del señor 3ROLFtD 9(5$ 0,5$1'$ 52%(572 ,9$1, se observa fecha de ingreso a<br />

la Institución Policial el 01 de noviembre del 2003; se encuentra colocado en Situación Transitoria, mediante Orden General <strong>No</strong>.<br />

230, de fecha 30 de noviembre del 2010, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 60, literal d) y 94, de la Ley de Personal de<br />

la Policía Nacional, en el acápite deméritos registra horas de arresto disciplinario durante su trayectoria profesional de las<br />

cuales horas corresponden al Tribunal de Disciplina de fecha 07 de febrero del 2006; en el acápite Juicios registra la Causa<br />

Penal <strong>No</strong>. 003-2007, por el delito de Evasión, finalizado el 24 de enero del 2011, con Auto de Prescripción de la Acción Penal.<br />

Que, el Art. 28, de la Ley Orgánica de la Policía Nacional: “El Consejo de Clases y Policías tendrá los siguientes deberes y<br />

atribuciones: ..d) Resolver sobre las cuotas de eliminación anual en todos los grados del personal de Clases y Policías…”.<br />

Que, el Art. 60, de la Ley de Personal de la Policía Nacional establece: “El personal Policial puede ser colocado en Transitoria<br />

en los siguientes casos:… d) Por hallarse dentro de la Lista de Eliminación Anual conforme a esta Ley y el reglamento”.<br />

Que, el Art. 94, de la Ley de Personal de la Policía Nacional dispone: “El personal Policial que conste en forma definitiva en la<br />

Lista de Eliminación Anual, será colocado en Situación Transitoria previa a la Baja, siempre que acredite el tiempo de servicio<br />

necesario, en caso contrario, procederá directamente la Baja”.<br />

Que, el Art. 95, de la Ley de Personal de la Policía Nacional estipula: “La Lista de Eliminación Anual en cada grado, se<br />

conformará con el personal Policial que se encuentre comprendido en uno o más de los siguientes casos:… c) <strong>No</strong> haber sido<br />

calificado idóneo para el ascenso al inmediato grado superior”.<br />

Que, el Art. 60, del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías establece: “El Consejo Superior informará la resolución<br />

adoptada sobre la apelación formulada para efectos de la ejecución del fallo al Consejo de Clases y Policías, éste comunicará al<br />

interesado a través de la secretaría del Consejo”.<br />

Que, el Art. 4, del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías dispone: “…f) Resolver sobre las Cuotas de Eliminación Anual<br />

en todos los grados del Personal de Clases y Policías;…”.<br />

Que, el Art. 7, del referido Reglamento señala: “Son atribuciones y deberes del Presidente: … i) Disponer el archivo o devolución de<br />

las solicitudes que a criterio del Consejo sean improcedentes;…”.<br />

Que, el señor Presidente de la República del Ecuador, mediante Decreto Ejecutivo <strong>No</strong>. 632, del 17 de enero del 2011, en la<br />

parte pertinente <strong>DE</strong>CRETA: “Art. 1.- Reorganícese la Policía Nacional, disponiendo que la representación legal, judicial y<br />

extrajudicial de la Policía Nacional, sea asumida por el Ministerio del Interior, quien a su vez podrá delegar dichas atribuciones<br />

de conformidad con la Ley…”.<br />

Que, mediante Acuerdo Ministerial <strong>No</strong>. 0015, del 19 de enero del 2011, suscrito por el señor Ministro del Interior, en la parte<br />

correspondiente Acuerda: “Art. 1.- Ratificar al señor General de Distrito Ingeniero Comercial Patricio Franco López, en el cargo<br />

de &20$1'$17( *(1(5$/ '( /$ 32/,&,$ 1$&,21$/. Art. 2.- Los Organismos Superiores que comprenden el Consejo<br />

de Generales, Consejo Superior y Consejo de Clases y Policías, seguirán cumpliendo sus funciones hasta que se realice la<br />

estructura organizacional de la institución policial”.<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del Consejo de Clases y Policías, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-93-AJ-CCP-PN, de fecha 12 de enero<br />

del 2011, emite el correspondiente Informe Jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias:<br />

5(68(/9(<br />

1.- Disponer el Archivo de la petición formulada por el señor Policía 9(5$ 0,5$1'$ 52%(572 ,9$1 tendiente a que se<br />

Reconsidere la Resolución <strong>No</strong>. 2010-109-CG-T-ASL, mediante la cual ha sido colocado en Situación Transitoria por<br />

conformar la Lista de Eliminación anual para el año 2010, por improcedente de conformidad a lo dispuesto en el Art. 7,<br />

literal i) del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías; en razón que la citada Resolución no ha sido dictada por<br />

este Organismo.<br />

2.- 38%/,&$5 la presente Resolución en Orden General, de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!