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ORDEN GENERAL No. 067 DEL COMANDO GENERAL DE LA ...

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25' *5$/<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del Consejo de Clases y Policías, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-42-CCP-PN, de fecha 05 de enero del<br />

2011, emite su Informe Jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias.<br />

5(68(/9(<br />

1.- 5$7,),&$5 el contenido de la Resolución <strong>No</strong>. 2010-1680-CCP-PN, de fecha 18 de noviembre del 2010, mediante la cual<br />

ha sido calificado <strong>No</strong> Idóneo para el ascenso al inmediato grado superior el señor 3ROLFtD 0(67$1=$ 0217$/92<br />

67$/,1 $1721,2 por haber sido sancionado con Tribunal de Disciplina y encontrarse inmerso en lo que dispone el Art.<br />

81, literal d) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, en concordancia con el Art. 26 de la Ley Orgánica de la Policía<br />

Nacional, por cuanto no ha variado su Situación Profesional.<br />

2.- 3XEOLFDU la presente Resolución en Orden General, de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional; y,<br />

el Art. 62 del Reglamento del Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, en el Distrito Metropolitano de Quito, el día jueves<br />

diecisiete de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. MARIO BASANTE KAROLYS.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y<br />

POLICIAS, SUBROGANTE.- f) MARCELO TOBAR MONTENEGRO.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) MARÍA FERNANDA TAMAYO RIVERA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.<br />

CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) MANUEL PÉREZ CUEVA.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS.- f) MARIANA NIEVES CASTILLO.- SUBOFICIAL MAYOR <strong>DE</strong> POLICÍA.- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO<br />

<strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS.- f) DRA. NORMA PONCE HIDALGO.- CAPITÁN <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.- ASESORA JURÍDICA<br />

<strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS.- f) DRA. ROCÍO PAZMIÑO BAUTISTA.- TENIENTE <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> JUSTICIA.-<br />

SECRETARIA <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong> C<strong>LA</strong>SES Y POLICÍAS”.<br />

$UW 5(62/8&,Ð1 1R &&3 31 (/ + &216(-2 '( &/$6(6 < 32/,&Ì$6<br />

$17(&('(17(6 El señor Dr. Ángel Portilla, a nombre y representación del señor 3ROLFtD *$0%2$ 7$*8$'$ &$5/26<br />

'$1,(/, presenta en la Secretaría del Consejo de Clases y Policías, dos escritos con fecha 06 de septiembre del 2010,<br />

tendientes a obtener los Recursos de Reconsideración y Apelación a la Resolución <strong>No</strong>. 2010-1205-CCP-PN, de fecha 19 de<br />

agosto del 2010, mediante la cual ha sido calificado <strong>No</strong> Idóneo para el ascenso al inmediato grado superior por registrar<br />

Tribunal de Disciplina en su Hoja de Vida Profesional; y, ser recibido en Comisión General.<br />

&216,'(5$1'2<br />

Que, mediante Resolución <strong>No</strong>. 2010-1205-CCP-PN, de fecha 19 de agosto del 2010, el Consejo de Clases y Policías, en la<br />

parte pertinente ha RESUELTO: “…3.- CALIFICAR NO IDÓNEOS para el ascenso al inmediato grado superior, por haber sido<br />

sancionados mediante Tribunal de Disciplina y encontrarse inmersos en lo que dispone el Art. 81, literal d) a los siguientes<br />

Miembros Policiales: …28, 3ROLFtD *$0%2$ 7$*8$'$ &$5/26 '$1,(/«µ<br />

Que, el señor 3ROLFtD *$0%2$ 7$*8$'$ &$5/26 '$1,(/, con fecha 01 de septiembre del 2010, ha sido notificado en<br />

forma personal en la Secretaría del Consejo de Clases y Policías, con el contenido de la Resolución <strong>No</strong>. 2010-1205-CCP-PN,<br />

de fecha 17 de agosto del 2010.<br />

Que, el señor 3ROLFtD *$0%2$ 7$*8$'$ &$5/26 '$1,(/ mediante la exposición realizada por su Abogado patrocinador<br />

en la Comisión General de fecha 08 de noviembre del 2010, en lo principal señala: “…Por todo lo expuesto y de conformidad<br />

con el Art. 76, numeral 7, literal i) de la Constitución de la República del Ecuador, Art. 198 y 202, numeral 2 del Estatuto del<br />

Régimen Jurídico Administrativo de la Función Judicial y este último dice: Art. 202.- Presunción de inocencia.- 2 de los hechos<br />

declarados y probados por resoluciones judiciales penales firmes deberán ser considerados por la Administración Pública<br />

Central respecto de los procedimientos sancionados que sustancien.- Se deberá reconsiderar la Resolución <strong>No</strong>. 2010-0226-<br />

CCP-PN, del martes 09 de febrero del 2010 y declare Apto, Capaz, Idóneo para que sea Llamado al Curso de Ascenso y para el<br />

Grado Inmediato Superior, toda vez que no tengo ningún limitante legal, moral, ni ético, para que se me niegue este Derecho<br />

Constitucional…”.<br />

Que, revisada la Hoja de Vida Profesional del señor 3ROLFtD *$0%2$ 7$*8$'$ &$5/26 '$1,(/ se desprende que ha<br />

ingresado a la Institución Policial el 31 de agosto del 2005; tiempo de servicio: 05 años, 05 meses y 15 días; en deméritos<br />

registra 816 horas de arrestos disciplinarios, de las cuales 720 horas corresponden al Tribunal de Disciplina del 04 de enero del<br />

2007; <strong>No</strong> registra Juicios, ni Informaciones Sumarias en su contra.

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