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ORDEN GENERAL No. 067 DEL COMANDO GENERAL DE LA ...

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25' *5$/<br />

otorgar estos cupos es el señor Director Administrativo, puntualizando que los cupos no tienen ningún valor económico…”.<br />

Que, revisada la Hoja de Vida Profesional del señor ([ 6DUJHQWR 6HJXQGR GH 3ROLFtD //8,/(0$ //80,*86,1 ('*$5<br />

0$5&(/2, de lo principal se desprende que ha ingresado a la Institución Policial el 01 de abril de 1993; tiempo de servicio 17<br />

años, 08 meses y 29 días; ha sido colocado en Situación A Disposición el 26 de mayo del 2010, mediante Resolución <strong>No</strong>. 2010-<br />

026-CG-D-ASL; ha sido colocado en Situación Transitoria el 26 de mayo del 2005, de conformidad a lo que establece el Art. 60,<br />

literal e) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, esto es por, haberse dictado en su contra Auto Motivado, mediante<br />

Resolución <strong>No</strong>. 2005-047-CG-T-SCP, que ha sido levantada el 23 de febrero del 2006, mediante Resolución <strong>No</strong>. 2006-009-CG-<br />

T-SCP; ha sido dado de Baja de las Filas Policiales el 30 de diciembre del 2010, de conformidad a lo que establece el Art. 66,<br />

literal i) de la Ley de Personal de la Policía Nacional, esto es por, haberse declarado en su contra Mala Conducta Profesional,<br />

mediante Resolución <strong>No</strong>. 2010-018-CG-B-MC-ASL; en el acápite Deméritos registra un total de 1440 horas de arresto<br />

disciplinario durante su trayectoria profesional; en el campo Juicios registra la Causa Penal <strong>No</strong>. 005-1999, por Delito contra la<br />

Existencia y Seguridad de la Policía Nacional, finalizada el 10 de noviembre de 1999, con Auto de Sobreseimiento Definitivo;<br />

Información Sumaria <strong>No</strong>. 058-1997, por Pérdida de Pistola, finalizada el 10 de diciembre de 1999; Juicio Penal Nro. 007-2004,<br />

por Estafa, finalizado el 08 de noviembre del 2005, con Auto Absolutorio; registra Pendiente de Resolución, la Información<br />

Sumaria para establecer Conducta Profesional.<br />

Que, el Art. 28 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional señala: “Deberes y derechos del Consejo.- El Consejo de Clases y<br />

Policías tendrá los siguientes deberes y atribuciones: …c) Resolver sobre las solicitudes relacionadas con la situación<br />

profesional del personal de clases y policías…”.<br />

Que, el Art. 4 del Reglamento para el Consejo de Clases y Policías dispone: "Son deberes y atribuciones del Consejo de Clases<br />

y Policías: … i) Conocer y resolver las solicitudes presentadas por los Clases y Policías, respecto de asuntos de su vida Profesional,<br />

estén en servicio activo o fuera de él…".<br />

Que, el señor Presidente de la República del Ecuador, mediante Decreto Ejecutivo <strong>No</strong>. 632, del 17 de enero del 2011, en la<br />

parte pertinente <strong>DE</strong>CRETA: “Art. 1. Reorganícese la Policía Nacional, disponiendo que la representación legal, judicial y<br />

extrajudicial de la Policía Nacional, sea asumida por el Ministerio del Interior, quien a su vez podrá delegar dichas atribuciones<br />

de conformidad con la Ley…”.<br />

Que, mediante Acuerdo Ministerial <strong>No</strong>. 0015, del 19 de enero del 2011, suscrito por el señor Ministro del Interior, en la parte<br />

correspondiente Acuerda: “Art. 1.- Ratificar al señor General de Distrito Ingeniero Comercial Patricio Franco López, en el cargo<br />

de COMANDANTE <strong>GENERAL</strong> <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> POLICÍA NACIONAL. Art. 2.- Los Organismos Superiores que comprenden el Consejo de<br />

Generales, Consejo Superior y Consejo de Clases y Policías, seguirán cumpliendo sus funciones hasta que se realice la<br />

estructura organizacional de la Institución Policial”.<br />

Que, la señora Asesora Jurídica del Consejo de Clases y Policías, con Oficio <strong>No</strong>. 2011-0196-AJ-CCP-PN, de fecha 26 de enero<br />

del 2011, emite el respectivo Informe Jurídico; y,<br />

En uso de las atribuciones legales y reglamentarias:<br />

5(68(/9(<br />

1.- '(-$5 6863(162 la tramitación del Informe Investigativo <strong>No</strong>. 2010-0263-DAI-IGPN, del 06 de septiembre del 2010,<br />

remitido por el señor Inspector General de la Policía Nacional, relacionado con la denuncia presentada en contra del señor<br />

([ 6DUJHQWR 6HJXQGR GH 3ROLFtD //8,/(0$ //80,*86,1 ('*$5 0$5&(/2 en razón que el mencionado señor<br />

Clase ha sido dado de Baja de las Filas Policiales por haberse establecido en su contra Mala Conducta Profesional,<br />

mediante Resolución <strong>No</strong>. 2010-018-CG-B-MC-ASL, del Comando General de la Policía Nacional, publicada en Orden<br />

General <strong>No</strong>. 251, para el día 30 de diciembre del 2010.<br />

2.- Solicitar al señor Director General de Personal de la Policía Nacional, registre en la Hoja de Vida Profesional del señor ([<br />

6DUJHQWR 6HJXQGR GH 3ROLFtD //8,/(0$ //80,*86,1 ('*$5 0$5&(/2 la suspensión de la tramitación del Informe<br />

Investigativo <strong>No</strong>. 2010-0263-DAI-IGPN, del 06 de septiembre del 2010, por cuanto el referido Miembro Policial ha sido dado<br />

de Baja de las Filas Policiales al haberse establecido en su contra Mala Conducta Profesional.<br />

3.- 38%/,&$5 la presente Resolución en Orden General, de acuerdo con el Art. 87 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional;<br />

y, el Art. 62 del Reglamento del Consejo de Clases y Policías.<br />

Dado y firmado, en la sala de sesiones del Consejo de Clases y Policías, en el Distrito Metropolitano de Quito, el día jueves<br />

diecisiete de febrero del año dos mil once.<br />

f) DR. MARIO ALCI<strong>DE</strong>S BASANTE KAROLYS.- CORONEL <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- PRESI<strong>DE</strong>NTE <strong><strong>DE</strong>L</strong> H. CONSEJO <strong>DE</strong><br />

C<strong>LA</strong>SES Y POLICIAS, SUBROGANTE.- f) MARCELO TOBAR MONTENEGRO.- TCNL. <strong>DE</strong> POLICÍA <strong>DE</strong> E.M..- VOCAL <strong><strong>DE</strong>L</strong> H.

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