líneas - Tribunal Supremo Electoral
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Estudio sobre democracia comunitaria y elección por usos y costumbres en las tierras bajas de Bolivia<br />
7) “Finalmente, como sugerencia la Corte Nacional <strong>Electoral</strong> al conocer<br />
dos procedimientos paralelos debe buscar los mecanismos legales de<br />
solución a este conflicto en un plazo a corto tiempo, para proceder a la<br />
elección de asambleístas indígena originario campesinos de los pueblos<br />
en conflicto, tomando en cuenta las organizaciones reconocidas a nivel<br />
regional, departamental y nacional de acuerdo a sus usos y costumbres,<br />
de esta manera asegurar la representación indígena originaria campesina<br />
ante la Asamblea Departamental”.<br />
Firmas del presidente y directivos de la CPESC.<br />
Comentario:<br />
Los siete puntos transcritos serán contestados por la ex-CNE en el tercer<br />
documento.<br />
Tercer documento<br />
Fecha: 27.01.10<br />
De: Coordinadora de Pueblos Étnicos de Santa Cruz<br />
A: Corte Nacional <strong>Electoral</strong> y Corte Departamental <strong>Electoral</strong> de Santa Cruz<br />
Ref.: Elecciones de abril 2010.<br />
Contenido:<br />
1) Se presenta la CPESC como “organización legítima y legal que<br />
representa a los pueblos indígenas de Santa Cruz” (…) “en el marco<br />
del Art. 26 de la CPE, el cual menciona en su parágrafo cuarto que<br />
el derecho a la participación comprende, la elección, designación y<br />
nominación directa de las naciones y pueblos indígenas originario<br />
campesinos de acuerdo con sus normas y procedimientos propios”.<br />
Señalan que hay “algunos puntos que no están claros en la normativa”,<br />
refiriéndose a la Ley <strong>Electoral</strong> Transitoria y al Reglamento “aprobado<br />
recientemente el 21 de diciembre de 2009”. Solicitan “que la Corte<br />
Departamental <strong>Electoral</strong> respete la estructura del movimiento indígena,<br />
que está organizada y lleva los siguiente nombres de sus representantes:<br />
- CPESC: instancia departamental de representación de los pueblos<br />
indígenas del departamento de Santa Cruz y la preside el cacique<br />
Diego Faldín Aponte.<br />
- OICH: única organización del pueblo Chiquitano, legítima y legal<br />
que cuenta con personería jurídica y representa a más de 100<br />
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