Textos Incoterms 2010.pdf - ICC México
Textos Incoterms 2010.pdf - ICC México
Textos Incoterms 2010.pdf - ICC México
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
FOB<br />
Maestría en Negocios Internacionales<br />
Comentario: El primero de los <strong>Incoterms</strong> en ser redactado por la <strong>ICC</strong> es también<br />
uno de los más utilizados (hoy más para carga suelta o a granel) aunque,<br />
desafortunadamente, en muchos casos se emplea de forma inapropiada.<br />
A ello ha contribuido la existencia, por ejemplo, de los RAFTD (ya comentados en<br />
la página 8 de este documento) en los cuales era válido referirse a FOB camión;<br />
FOB avión, etc.<br />
Se espera que la nueva clasificación en los <strong>Incoterms</strong> ® 2010 coadyuve a eliminar<br />
esa práctica, pues aunque quienes la usan pueden no enfrentar problema alguno<br />
mientras la mercancía llega completa y a tiempo, cuando eso no sucede se<br />
enfrentan a la imposibilidad de precisar el momento y sitio específico en el que el<br />
vendedor pasó los riesgo y costos al comprador.<br />
El cambio, aparentemente sencillo, relacionado con el sitio donde se concreta la<br />
entrega de la mercancía en la redacción de esta Regla tiene, en realidad,<br />
implicaciones relevantes pues ahora será indispensable que las partes estén<br />
seguras de que la mercancía se encuentre “a bordo” del buque designado.<br />
En la práctica, entonces, no será suficiente con sólo cerciorarse de que esa esté<br />
físicamente a bordo del navío sino que amerita corroborar que, en el documento<br />
de transporte respectivo (habitualmente un Conocimiento de Embarque Marítimo)<br />
la carga haya sido apropiadamente declarada a bordo del buque, cumpliendo así<br />
también con la parte “documental” del procedimiento respectivo, para que las<br />
partes puedan estar ciertas del momento específico en el cual el vendedor pasa los<br />
costos y riesgos al comprador.<br />
Nota Orientativa<br />
Se recomienda insertar, después del acrónimo, el puerto de embarque designado<br />
seguido de las palabras <strong>Incoterms</strong>® 2010 y se especifica sólo puede usarse para<br />
transporte por mar o por vías navegables interiores.<br />
El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador<br />
en el puerto designado, o proporciona la mercancía así entregada.<br />
Esta Regla sirve para compraventas múltiples de una cadena de ventas, habitual<br />
en comercio de productos básicos y el riesgo y los costos se transmiten ahí al<br />
comprador.<br />
La reproducción parcial o total de estos textos requiere autorización –por escrito– del autor. Pág. 40