Textos Incoterms 2010.pdf - ICC México
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Maestría en Negocios Internacionales<br />
CFR o CIF.- Similar a los dos previos (con o sin seguro, en su caso) pero sólo<br />
aplicables a transporte por vía marítima y carga no contenedorizada, siguiendo lo<br />
ya referido en el segundo párrafo de FOB.<br />
DAT.- Entregando en terminal de carga de llegada (con la descarga incluida).<br />
DAP.- Con entrega en el lugar de destino y lista para su descarga. (la Publicación<br />
715 también señala que esta Regla es óptima para la compraventa doméstica).<br />
DDP.- También con entrega en destino pero, además, incluyendo todos los<br />
derechos, aranceles e impuestos de ese país.<br />
PRUEBAS DE ENTREGA Y DOCUMENTOS DE TRANSPORTE<br />
En las <strong>Incoterms</strong> ® 2010 se reconoce que, tras de la recepción de la carga por<br />
parte del transportista, las partes pueden requerir solamente pruebas<br />
documentales y, en otros casos, documentos de transporte propiamente dichos.<br />
PRUEBAS DE ENTREGA<br />
En compraventas acordadas con EXW, en las cuales el transportista contratado por<br />
el comprador acude a las instalaciones del vendedor a recoger la mercancía, suele<br />
no existir interés alguno en el que el vendedor tramite un documento de<br />
transporte y, por ello, la nueva Regla indica que es solamente dicho comprador<br />
quien tiene la obligación de proporcionar al vendedor la evidencia documental de<br />
haber recibido tal entrega.<br />
Por su parte, al operar con FCA, FAS o FOB, el vendedor debe proporcionar al<br />
comprador solamente la prueba usual de haber concretado la entrega de los<br />
bienes al transportista y no necesariamente el documento de transporte que,<br />
resulta lógico, entregaría el transportista al comprador que lo contrató.<br />
La respectiva entrega podrá suceder, en FCA, sea en las instalaciones del<br />
vendedor; en las del transportista o en el lugar previamente acordado para ello y<br />
en FAS o FOB en el puerto de salida correspondiente.<br />
No obstante, si el comprador requiere que el vendedor gestione la obtención del<br />
documento de transporte inherente (por ejemplo, porque se acuerde que dicho<br />
documento forme parte de los que se deben exhibir al amparo de un crédito<br />
documentario), deberá solicitar al vendedor que le ayude a obtenerlo, siendo todos<br />
los riesgos y costos correspondientes a cargo de dicho comprador.<br />
La reproducción parcial o total de estos textos requiere autorización –por escrito– del autor. Pág. 6