Textos Incoterms 2010.pdf - ICC México
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CFR<br />
Maestría en Negocios Internacionales<br />
Comentario: Esta Regla está pensada para usarse con el mismo tipo de mercancías<br />
ya referidas en las dos Reglas previas (carga suelta o a granel) y no con carga que<br />
viaje en contenedores, así como cuando se va a contratar transporte marítimo o<br />
por vías navegables interiores.<br />
Teniendo en la mente los dos conceptos arriba señalados, se verá que las<br />
obligaciones de vendedor y comprador en esta Regla son las mismas que en CPT,<br />
pero aplicadas sólo a carga marítima y sin contenedores.<br />
Nota Orientativa<br />
Se recomienda insertar, después del acrónimo, el puerto de destino designado<br />
seguido de las palabras <strong>Incoterms</strong>® 2010 y se especifica sólo puede usarse para<br />
transporte por mar o por vías navegables interiores.<br />
El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque o proporciona la mercancía ya<br />
así entregada. El riesgo se transmite ahí.<br />
El vendedor contrata y paga el costo y flete hasta el puerto de destino designado.<br />
En CPT, CIP, CFR, CIF el vendedor entrega cuando pone la mercancía en manos<br />
del transportista; no cuando esa llega al lugar de destino.<br />
Existen dos puntos críticos: El de la transmisión de los riesgos y el de la<br />
transferencia de los costos y esos son diferentes (uno en el país de salida de la<br />
mercancía y el otro en el de su destino).<br />
El contrato de transporte siempre especifica el puerto de destino; pero podría no<br />
indicar el de embarque, que es donde el vendedor transmite los riesgos al<br />
comprador. Por lo cual, si eso es de interés para el comprador se recomienda<br />
precisarlo en el contrato de compraventa.<br />
Se recomienda precisar un punto específico en el puerto de destino acordado, pues<br />
los costos hasta ahí son por cuenta del vendedor.<br />
Así mismo, se aconseja al vendedor contratar un transporte que se ajuste a la<br />
elección del punto referido en el párrafo previo (ya que si incurre en costos de<br />
descarga en destino, no podrá recuperarlos del comprador, salvo que exista<br />
acuerdo previo al respecto).<br />
La reproducción parcial o total de estos textos requiere autorización –por escrito– del autor. Pág. 42