Textos Incoterms 2010.pdf - ICC México
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Maestría en Negocios Internacionales<br />
Art. 2 (b) 2, Define que “documentos comerciales“ (commercial documents )<br />
significa facturas, documentos de transporte, documentos de título u otros<br />
documentos análogos, o cualquier otro documento que no sea un documento<br />
financiero.<br />
Art. 4 A (a) 1, Todos los documentos enviados para gestionar su cobro deberán ir<br />
acompañados de una instrucción de cobro (IC)…<br />
Art. 4 A (a) 2, Entidades no examinarán los documentos con el fin de obtener<br />
instrucciones.<br />
Art. 4 B (b) 6, Incluir… relación de documentos que se adjuntan y número de<br />
ejemplares de cada uno de ellos.<br />
Art. 4 (B) b 7, La parte remitente de la IC es responsable de que los términos de<br />
entrega de los documentos aparezcan mencionados de forma clara y sin<br />
ambigüedad, de lo contrario Entidades no serán responsables de las consecuencias<br />
que de ello pudieran derivarse.<br />
Art. 5 C, Los documentos serán presentados al librado en la misma forma en que<br />
han sido recibidos…<br />
Art. 10 A, No enviar mercancía directamente a la dirección de una Entidad o<br />
consignadas a, o a la orden de, una Entidad sin su consentimiento previo. No<br />
obstante… si se envían así para entrega al librado contra aceptación (D / A) o<br />
contra pago (D / P) o contra otros términos y condiciones, sin el consentimiento<br />
previo de esta Entidad, dicha Entidad no estará obligada a hacerse cargo de las<br />
mercancías, cuyo riesgo, y responsabilidad continuará asumiendo el expedidor de<br />
la mercancía.<br />
Art. 10 B, C y D, Las Entidades no tiene obligación de actuar respecto a la<br />
mercancía, incluyendo su almacenamiento y seguro, aún si reciben instrucciones<br />
para ello; sólo actúan si dan su conformidad (precisando términos y condiciones<br />
caso por caso).<br />
Si actúan para proteger la mercancía, lo hacen sin obligación o responsabilidad en<br />
cuanto a su suerte y/o estado y tampoco por la acción y/u omisión por parte de<br />
terceros encargados de su custodia y/o protección. En todo caso, la Entidad<br />
cobradora debe avisar sin demora a la Entidad de la que recibió IC al respecto.<br />
La reproducción parcial o total de estos textos requiere autorización –por escrito– del autor. Pág. 48