REVISTA DE LA UNIVERSIDAD DEL NORTE N°s 58 y 59 1
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Extranjeros ilegales en el siglo XVII:<br />
LOS CRISTIANOS NUEVOS <strong>DE</strong> CARTAGENA<br />
María Cristina<br />
Navarrete*<br />
En las últimas décadas del siglo XVI y la primera<br />
mitad del siglo XVII habitó en Cartagena un número<br />
significativo de cristianos nuevosl portugueses situados<br />
en distintos estamentos de la sociedad. Algunos<br />
de ellos. sobresalieron por su fortuna. posición<br />
social y poder político; otros. se desempeñaron en<br />
distintas ramas de la actividad artesanal. Sin embargo.<br />
a pesar de su aparente estabilidadresidencial.<br />
el status de extranjeros y sobre todo la sospecha<br />
de ser descendientes de judíos conversos. es<br />
decir. cristianos nuevos. los puso en la mira de las<br />
autoridades civiles y eclesiásticas.<br />
ILEGALES EN <strong>LA</strong>S INDIAS<br />
Cuando Cristóbal Colón realizó su hazaña. la hizo<br />
a nombre de Castilla. Desde ese entonces, la entrada<br />
de ciudadanos a los territorios de las Indias procedentes<br />
de otros reinos, aun los unidos a CasUlla.<br />
estuvo vedada. Si bien la prohibición existía, ésta<br />
no fue óbice para que muchos extranjeros con<br />
deseos de establecerse en el Nuevo Mundo lo lograran.<br />
Para ello, había algunas posibilidades de legalizar<br />
la situación.<br />
Por una parte. estaban las "cartas de naturaleza"<br />
que consistían en permisos concedidos por la Corona<br />
para residir en las Indias, bajo ciertas condiciones<br />
como estar casado con mujer natural del<br />
reino de Castllla, la posesión de bienes raíces y la<br />
residencia previa en las Indias españolas por un<br />
determinado número de años.<br />
Además de las naturalizaciones. hubo otros procedimientos<br />
que habilitaron a los extranjeros la permanencia<br />
en la América española como las "licen-<br />
* Historiadora de la Universidad del Valle.<br />
cias" y las "composiciones". Las licencias eran permisos<br />
individuales concedidos a personas con cualidades<br />
especiales como ciertos oficios o profesiones.<br />
por ejemplo, Manuel Pérez, de nacionalidad portuguesa,<br />
casado con María Pérez. nacida en Pasto. se<br />
encontraba viviendo en Cartagena, en 1630, en virtud<br />
de la licencia que tenía de su majestad para<br />
residir en estas partes y ejercer el oficio de panadero,<br />
con la condición de no tratar ni contratar en otras<br />
cosas que no fuesen del oficio de panadero.2<br />
Las composiciones consistían en el pago de cierta<br />
cantidad de dinero a cambio de la legitimación de<br />
la situación de hecho. Para acceder a la composición<br />
y obtener carta de naturaleza se debía ser persona<br />
prestante y de caudal. Algunos oficios. como el de<br />
labrador, boticario o cirujano, eran particularmente<br />
"útiles a la república" y ameritaban la composición<br />
de quienes los desempeñaban como personas de<br />
bien.<br />
Con el propósito de hacer relación y de componer<br />
a los extranjeros habilitados para ello, llegó a la<br />
ciudad de Cartagena. en 1630. el doctor Antonio<br />
Rodríguez de San Isidro Manrique, visitador general<br />
del Nuevo Reino de Granada. Este funcionario<br />
real inició labores después de mandar a hacer pregones<br />
en diferentes "tiempos", invitando a los extranjeros<br />
para que se presentasen, tomándoles<br />
declaraciones individuales, averiguando la fecha de<br />
entrada en las Indias, el tipo de licencia con que se<br />
encontraban, los negocios que habían realizado y<br />
el monto de sus caudales.3<br />
La Corona estableció prohibiciones para la<br />
entrada a las Indias no sólo de extranjeros sino de<br />
otros personajes nacionales que consideraba<br />
perniciosos para el bienestar de los habitantes de<br />
20 Huellas <strong>58</strong>-<strong>59</strong>. Unlnorte. Barranquilla<br />
DD. 20-25. 04-08/MM. lSSN 0120-2537