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Territorios colectivos de indígenas y afroamericanos

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medida <strong>de</strong> división <strong>de</strong> los resguardos indígenas tuvo en Colombia, en las provincias <strong>de</strong> Cundinamarca y<br />

Boyacá, dice don Salvador Camacho Roldán, un historiador y sociólogo <strong>de</strong> la segunda mitad <strong>de</strong>l siglo<br />

XIX: “Autorizados para enajenar sus resguardos en 1858, inmediatamente los vendieron a vil precio a los<br />

gamonales <strong>de</strong> sus pueblos, los indígenas se convirtieron en peones <strong>de</strong> jornal con un salario <strong>de</strong> cinco a diez<br />

centavos por día, escasearon y encarecieron los víveres, las tierras <strong>de</strong> labor fueron convertidas en <strong>de</strong>hesas<br />

<strong>de</strong> ganado, y los restos <strong>de</strong> la raza poseedora siglos atrás <strong>de</strong> estas regiones se dispersaron en busca <strong>de</strong><br />

mejor salario a las tierras calientes, en don<strong>de</strong> tampoco ha mejorado su triste condición”. 8 Y don Miguel<br />

Samper, otro historiador y analista económico contemporáneo, confirma en términos aún más explícitos<br />

la suerte <strong>de</strong> los indígenas <strong>de</strong>sposeídos <strong>de</strong> sus tierras. 9<br />

No obstante, la general ofensiva <strong>de</strong>l Estado aprobando or<strong>de</strong>namientos y medidas para alcanzar la<br />

liquidación <strong>de</strong> las tierras comunales, los testimonios históricos acreditan el intenso y general movimiento<br />

<strong>de</strong> resistencia que emprendieron las comunida<strong>de</strong>s contra la aplicación <strong>de</strong> estas medidas. Este movimiento<br />

revistió las más diversas modalida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la simple resistencia pasiva, pasando por los recursos legales<br />

ante las autorida<strong>de</strong>s, hasta los levantamientos armados que concluyeron con saldo trágico <strong>de</strong> heridos y <strong>de</strong><br />

muertos. Ejemplo <strong>de</strong> estos últimos levantamientos se encuentran en la sublevación armada <strong>de</strong> los<br />

indígenas <strong>de</strong>l Cauca en Colombia, en 1915, para impedir la aplicación <strong>de</strong> las leyes <strong>de</strong> parcelación.<br />

Movimientos <strong>de</strong> este tipo se presentaron en Bolivia, Perú, Ecuador y México. Esta resistencia se ha<br />

mantenido inalterable a través <strong>de</strong> los años en las comunida<strong>de</strong>s indivisas. En Colombia un número no<br />

inferior a diez <strong>de</strong> los gran<strong>de</strong>s resguardos indígenas <strong>de</strong>l Cauca, oficialmente parcelados entre 1940 y 1960,<br />

han persistido en mantener sus formas <strong>de</strong> gobierno y sus modalida<strong>de</strong>s comunitarias <strong>de</strong> trabajo y en los<br />

últimos años han hecho esfuerzos para que les sea restituida a sus tierras la condición <strong>de</strong> resguardos,<br />

renunciando a los títulos individuales que el Gobierno les entregó.<br />

El nuevo or<strong>de</strong>n legal <strong>de</strong> indígenas y <strong>afroamericanos</strong> y las nuevas figuras <strong>de</strong> titulación <strong>de</strong> tierras<br />

Un cambio progresivo en las políticas liquidacionistas e integracionistas <strong>de</strong> los tres países que se han<br />

tomado como referencia para este trabajo, se inició en la década <strong>de</strong> los sesenta <strong>de</strong>l siglo pasado.<br />

Este fenómeno histórico, que tuvo importantes antece<strong>de</strong>ntes a los que ya se hizo breve mención anterior,<br />

se <strong>de</strong>sarrolló simultáneamente con la aplicación <strong>de</strong> las reformas agrarias en los países latinoamericanos y<br />

con el fortalecimiento <strong>de</strong> las organizaciones indígenas en la mayoría <strong>de</strong> ellos. Este tránsito <strong>de</strong>l viejo al<br />

nuevo mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong> relación Estado-Comunida<strong>de</strong>s Indígenas ha sido amplia y convenientemente tratado en<br />

el importante trabajo <strong>de</strong> Plant y Hvalkof, realizado para el BID, y al mismo nos remitimos. 10<br />

Los or<strong>de</strong>namientos que abrieron a las comunida<strong>de</strong>s indígenas las posibilida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> acce<strong>de</strong>r a la titulación<br />

colectiva <strong>de</strong> tierras en los casos <strong>de</strong> Colombia y Ecuador tenían el carácter <strong>de</strong> leyes ordinarias y empezaron<br />

a darse en el marco <strong>de</strong> los or<strong>de</strong>namientos agrarios. Debe apuntarse que estos or<strong>de</strong>namientos iniciales eran<br />

extremadamente ambiguos y poco imperativos. Estas ambigüeda<strong>de</strong>s fueron progresivamente corregidas<br />

en la legislación colombiana que concluyó acogiendo una sola figura legal <strong>de</strong> entrega legal <strong>de</strong> tierras a las<br />

comunida<strong>de</strong>s, la figura <strong>de</strong>l Resguardo. En Ecuador, las <strong>de</strong>bilida<strong>de</strong>s e imprecisiones <strong>de</strong> los instrumentos<br />

8 Camacho Roldán, S. (1996).<br />

9 Dice así el nombrado señor Samper: “Los pobres indígenas fueron inducidos a ven<strong>de</strong>r sus pequeños lotes <strong>de</strong> tierra,<br />

en los cuales tenían choza propia, gozaban <strong>de</strong> tierra in<strong>de</strong>pendiente y encontraban una base segura para subsistir. En<br />

pocos años toda esa propiedad quedó concentrada en pocas manos, el indio pasó a ser arrendatario, la tierra fue<br />

<strong>de</strong>stinada a crías o cebas <strong>de</strong> ganado y el consumo <strong>de</strong> víveres perdió gran parte <strong>de</strong> las fuentes que lo alimentaban.<br />

Todo esto como resultado <strong>de</strong> la teoría <strong>de</strong> la libertad planteada sin previo estudio <strong>de</strong> los hechos sociales. No son la<br />

juventud y el entusiasmo disculpa que pueda calmar el remordimiento que quien esto escribe sufre y sufrirá por su<br />

participación en la expedición <strong>de</strong> aquella inconsulta ley”. Samper, M. (1997).<br />

10 Plant, R. y Hvalkof, S. (2001).<br />

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