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Territorios colectivos de indígenas y afroamericanos

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legales distintos, no siempre coherentes y compatibles: el <strong>de</strong> reforma agraria y el <strong>de</strong> colonización <strong>de</strong> la<br />

región amazónica, cada uno <strong>de</strong> ellos con sus normas complementarias. Ambos or<strong>de</strong>namientos, que<br />

a<strong>de</strong>más fueron reformados con frecuencia, contemplaban disposiciones <strong>de</strong>stinadas a las comunida<strong>de</strong>s<br />

indígenas amazónicas, pero no <strong>de</strong>finían un procedimiento <strong>de</strong> titulación <strong>de</strong> tierras para ellas.<br />

Por otra parte, resulta importante señalar que mientras las comunida<strong>de</strong>s indígenas <strong>de</strong> la Sierra mantenían<br />

<strong>de</strong> tiempo atrás la única forma organizativa <strong>de</strong> la Comuna, en la región amazónica <strong>de</strong> las provincias <strong>de</strong><br />

Sucumbíos, Napo, Pastaza, Morona Santiago y Zamora Chinchipe habían florecido diversas formas <strong>de</strong><br />

organización, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> la Comuna que la población quichua colonizadora había llevado <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la Sierra:<br />

la <strong>de</strong> los llamados Centros y Asociaciones <strong>de</strong> Centros, que habían promovido algunas misiones religiosas<br />

entre la población Shuar; la <strong>de</strong> Cooperativas, originadas en algunos programas especiales <strong>de</strong> gobierno; y<br />

la organización tradicional que mantenían algunas poblaciones poco contactadas como la <strong>de</strong> los Huaorani.<br />

Al parecer, la ausencia <strong>de</strong> or<strong>de</strong>namientos claros y la diversidad <strong>de</strong> formas organizativas <strong>de</strong> base, hicieron<br />

que se adoptara un reconocimiento legal particular a cada una <strong>de</strong> las modalida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> organización o<br />

formas no organizadas que pudieran acreditar los usuarios. Dentro <strong>de</strong> este espectro <strong>de</strong> figuras, <strong>de</strong>ben ser<br />

mencionadas las siguientes:<br />

• Los Títulos individuales que fueron, al parecer, un porcentaje muy alto <strong>de</strong> las titulaciones <strong>de</strong>l<br />

Instituto Ecuatoriano <strong>de</strong> Reforma Agraria, IERAC, a partir <strong>de</strong> 1966 y por lo menos hasta el año <strong>de</strong> 1980.<br />

De ahí en a<strong>de</strong>lante se siguieron realizando simultáneamente titulaciones individuales y colectivas. Estas<br />

últimas eran gratuitas mientras que en las primeras el interesado <strong>de</strong>bía sufragar los gastos <strong>de</strong> la titulación,<br />

lo que las hizo preferibles para el IERAC. Estos títulos individuales <strong>de</strong> adjudicación se otorgaban, según<br />

los términos <strong>de</strong>l artículo 39 <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong> Tierras Baldías y Colonización, bajo las condiciones <strong>de</strong> “cultivar<br />

el predio <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los plazos y <strong>de</strong> acuerdo con las normas que fije el IERAC …pagar el precio en los<br />

plazos y formas estipuladas …explotar directamente el predio y radicarse en él”. Los indígenas<br />

adjudicatarios recibían títulos iguales a los otorgados a los <strong>de</strong>más campesinos, con plenas capacida<strong>de</strong>s<br />

para disponer <strong>de</strong> la tierra vendiéndola o gravándola.<br />

• Los Títulos a Cooperativas . Las leyes agrarias <strong>de</strong> los años 60 y posteriores daban especial<br />

importancia al mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong> tenencia y aprovechamiento cooperativo <strong>de</strong> la tierra. La Ley <strong>de</strong> Tierras Baldías<br />

y Colonización posibilitaba a todos los adquirentes <strong>de</strong> tierras <strong>de</strong>l Estado la integración al sistema<br />

cooperativo, señalado como el mejor mecanismo <strong>de</strong> transformación. 13 Según esta ley (art. 9), la<br />

adjudicación a los socios se hacía en forma individual y el IERAC <strong>de</strong>bía <strong>de</strong>terminar una distribución<br />

planificada <strong>de</strong> la parcela, señalando la que correspondía al aprovechamiento individual <strong>de</strong>l socio y la que<br />

estaba <strong>de</strong>stinada al aprovechamiento colectivo. Aunque este sistema pretendía reproducir los principios <strong>de</strong><br />

mutualismo y solidaridad <strong>de</strong> las comunida<strong>de</strong>s indígenas, su implementación presentaba dificulta<strong>de</strong>s <strong>de</strong><br />

tipo administrativo, lo que hizo que pocas <strong>de</strong> estas cooperativas impulsadas por el IERAC sobrevivieran.<br />

Las mayores críticas a este mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong> título surgieron <strong>de</strong> las mismas organizaciones indígenas por la<br />

escasa seguridad jurídica que ofrecía a los asociados.<br />

• Títulos a Centros. Tal como se dijo, los Centros son la forma <strong>de</strong> expresar la Comunidad entre los<br />

indígenas Shuar y Achuar. Sin embargo, esta figura no estaba en la tradición organizativa <strong>de</strong> estos<br />

indígenas. Se gestó, tal vez, en el contacto <strong>de</strong> este pueblo con organizaciones privadas <strong>de</strong> carácter<br />

religioso, los Shuar y Achuar la asimilaron e incorporaron a su organización sociopolítica, pero la figura<br />

no fue nunca convenientemente regulada, ni habilitada para ser sujeto <strong>de</strong> otorgamiento <strong>de</strong> títulos <strong>de</strong><br />

propiedad sobre tierras. 14 Se sabe que en un principio el IERAC obvió esta dificultad, realizando la<br />

13 Decreto 2172 <strong>de</strong> Septiembre 22 <strong>de</strong> 1964.<br />

14 Una publicación <strong>de</strong> la CONAIE (1989) explica que por iniciativa <strong>de</strong> los padres salesianos, que evangelizaban a<br />

los Shuar, los Centros fueron creados como una réplica <strong>de</strong> las comunas <strong>de</strong> la Sierra, para facilitar el trabajo<br />

comunitario <strong>de</strong> construcción <strong>de</strong> aulas escolares, capillas etc.<br />

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