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recursos institucionales, estructurales y juridicos - Instituto Nacional ...

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GESTION Y POLITICAhan ratificado el Convenio se obligan a promover la investigación,la evaluación estadística de la exposición a los peligros (deltipo de las medidas de supervisión médica) y la educación yformación de los trabajadores. En este Convenio se emplea unlenguaje genérico para el establecimiento de un marco regulador.Se exige la celebración de consultas con las empresas yorganizaciones representativas antes de la concesión de exenciones;además, de conformidad con el artículo 2.3, para excluirdeterminadas categorías de trabajadores de la aplicación delconvenio se exige la aportación de información “sobre losprogresos realizados hacia una aplicación más amplia.” En elConvenio nº 155 se propugna igualmente la educación de las“organizaciones representativas” y la participación de los trabajadoresen la elaboración y aplicación de las normas de salud yseguridad en el trabajo, tanto en el ámbito interno, como en losplanos regional, nacional e internacional.Convenios de la OIT en los que se instituye la indemnización alos trabajadoresLa OIT ha elaborado y adoptado diversos Convenios relativos ala indemnización a los trabajadores (OIT 1996a).Entre estos documentos figuran el Convenio nº 12 sobre laindemnización a trabajadores (agricultura), 1921 (nº 12); elConvenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo,1925 (nº 17); el Convenio sobre las enfermedades profesionales,1925 (nº 18); el Convenio sobre el seguro de enfermedad (industria),1927 (nº 24); el Convenio sobre el seguro de enfermedad(agricultura), 1927 (nº 25); y el Convenio sobre asistencia médicay prestaciones económicas por enfermedad, 1969 (nº 130). Laregulación legal de la indemnización por accidente de trabajo,bastante generalizada entre los Estados miembros de la OIT,responde a unos criterios económicos más que a un compromisocon los derechos humanos: se trata de proporcionar asistencia alos trabajadores lesionados y de superar las incertidumbres inherentesa un proceso judicial mediante un sistema de prestacionesprefijadas que se conceden por causas objetivas y en cuyosistema se fija un límite monetario a las prestaciones acordadas alas víctimas de accidentes de trabajo o de enfermedades profesionales.Un ejemplo de esta tendencia legislativa es la Ley(comentada) de indemnización por accidente de trabajo promulgadaen 1982 en Virginia, Estados Unidos, según la cual todoacto exigible en virtud del contrato de trabajo puede causar elderecho a recibir una indemnización. La reclamación de asistenciamédica al amparo de estos sistemas independientes sueleoriginar demoras, infravaloraciones, prestaciones deficitarias ylitigios judiciales. A pesar de estas limitaciones objetivas de sueficacia, la “universalidad” de estos sistemas de protección, tantoen la legislación norteamericana, como en el derecho internacional,refleja una voluntad colectiva de desincentivar financieramentelos trabajos peligrosos y de prestar apoyo económico alos trabajadores lesionados.Mecanismos de investigación y comunicación en la OITPara Alstom, la OIT constituye un modelo internacional degarantías procesales que “legitima la promulgación de nuevasnormas” (1984). El procedimiento aplicado por la OIT consisteen la realización de una investigación preliminar de la legislaciónaplicable en los Estados miembros, seguida de un acuerdo delConsejo de Administración de la OIT respecto a la inclusión dela cuestión en el orden del día de la Conferencia Internacionaldel Trabajo anual, y de un cuestionario que la Secretaría de laOIT remite a los Estados miembros participantes. Una vezexaminado por una comisión técnica, el borrador del documentose distribuye entre los Estados miembros y entre las organizacionesrepresentativas de trabajadores y empresas; a continuación,se elabora una versión revisada del documento, que sesomete al examen de la comisión técnica y a debate por parte dela comisión de plenos y proyectos, antes de votarse y aprobarse enla Conferencia Internacional del Trabajo. Este procedimientofacilita al máximo el intercambio de ideas y el debate entre lasorganizaciones destinatarias de los convenios y sus órganosrectores. Posteriormente, en este mismo capítulo, en la seccióndedicada a la Organización Internacional del Trabajo, figura unexamen pormenorizado del procedimiento de información aplicadopor la OIT.Este procedimiento, establecido en 1926, al constituirse laComisión de Expertos sobre la Aplicación de Convenios y Recomendaciones,no ha dejado de proyectarse sobre el sistema internacional.Por ejemplo, el paradigma de la OIT informa lacontemporánea Convención sobre la Eliminación de Todas lasFormas de Discriminación contra la Mujer, en cuyo artículo18 se establece, con carácter preceptivo, un procedimiento deaportación de informes a una Comisión internacional que igualmentese regula en el articulado del convenio. Asimismo, laComisión debe examinar la totalidad de los informes exigiblesen relación con las medidas de aplicación y ejecución, al finaldel primer año siguiente a la ratificación y, a partir de entonces,con una frecuencia mínima de una vez cada cuatro años. Otrossistemas de comunicación utilizados en la supervisión de la aplicaciónde los convenios de la OIT son las misiones de contactodirecto (véase en Samson 1984 una excelente exposición de lastareas de mediación y conciliación realizadas por las misiones decontacto directo de la OIT); las comisiones de encuesta, queinvestigan casos concretos de violación flagrante de los conveniosy de la carta constitucional de la OIT; y la supervisiónperiódica realizada mediante la presentación de informes a laConferencia, al Consejo de Administración y al Tribunal Administrativo.Estos procedimientos informativos, aunque lentos, sonde un valor incalculable y constituyen un elemento clave de unesfuerzo de mucha mayor envergadura por fomentar en laopinión pública mundial una actitud positiva hacia losproblemas del trabajo.Ruda (1994) observa que el Convenio sobre la libertad deasociación y protección del derecho de sindicación, 1948 (nº 87)y el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociacióncolectiva, 1949 (nº 98), ambos de la OIT, escritas dentro de losacuerdos de Gdansk, suscritos entre el gobierno polaco y elsindicato Solidaridad. “Ni la Comisión de Expertos ni la Comisiónde la Conferencia para la Aplicación de las Normas puedenimponer sanciones de orden alguno, si bien sus resoluciones seasumen en ocasiones como sanciones morales o políticas.” Estasituación ha sido un factor permanente de frustración a lo largode la historia de la Comisión, si bien la misma se enorgullece desu capacidad para influir en algunos gobiernos en determinadascircunstancias.Organización Mundial de la SaludLa Declaración de Alma Ata de la OMS sobre la asistenciaprimariaEn la denominada Declaración de Alma Ata (OrganizaciónMundial de la Salud 1978), adoptada en la Conferencia Internacionalsobre Asistencia Sanitaria Primaria celebrada por la OMSy UNICEF en Alma Ata, URSS, entre el 6yel12deseptiembrede 1978, la OMS lanzó una campaña internacional conocida porel lema “Salud para todos 2000”, que refleja un esfuerzo concertadoen el plano internacional por mejorar el nivel sanitario y laprestación de los servicios de salud, en especial los de asistenciaprimaria, aunque sin excluir la salud y seguridad en el trabajo, entodo el mundo. Si bien en el lenguaje sencillo de la Declaraciónno se alude a la salud y seguridad en el trabajo, ésta se ha incorporadoa la planificación estratégica; así, se ha promovido la23. RECURSOSINSTITUCIONALES,ESTRUCTURALES Y JURIDICOSENCICLOPEDIA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO 23.29 LA SALUD EN EL TRABAJO Y LOS DERECHOS HUMANOS 23.29

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