13.07.2015 Views

Ley de Salud del Estado de Aguascalientes. - Gobierno de ...

Ley de Salud del Estado de Aguascalientes. - Gobierno de ...

Ley de Salud del Estado de Aguascalientes. - Gobierno de ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

XIII.XIV.XV.XVI.Promover el establecimiento <strong>de</strong> un sistema estatal <strong>de</strong> información básicaen materia <strong>de</strong> salud;Integrar la información estadística que genera el Sistema Estatal <strong>de</strong><strong>Salud</strong> que facilite a las autorida<strong>de</strong>s e instituciones competentes lainvestigación, estudio y análisis <strong>de</strong> ramas y aspectos específicos enmateria <strong>de</strong> salud;Difundir a las autorida<strong>de</strong>s correspondientes y a la población en general,a través <strong>de</strong> publicaciones y actos académicos los resultados <strong>de</strong> lostrabajos <strong>de</strong> investigación, estudios, análisis y recopilación <strong>de</strong>información, documentación e intercambio que realiza;Impulsar en el ámbito estatal las activida<strong>de</strong>s científicas y tecnológicas enel campo <strong>de</strong> la salud;XVII. Apoyar la coordinación entre las instituciones <strong>de</strong> salud y educativasestatales, municipales y fe<strong>de</strong>rales, así como con los colegios,asociaciones y organizaciones <strong>de</strong> profesionales, técnicos y auxiliares <strong>de</strong>la salud <strong>de</strong>l <strong>Estado</strong> para formar y capacitar recursos humanos para lasalud;XVIII. Coadyuvar a que la formación y distribución <strong>de</strong> los recursos humanospara la salud sea congruente con las priorida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l Sistema Estatal <strong>de</strong><strong>Salud</strong>;XIX.XX.XXI.Promover e impulsar la participación <strong>de</strong> la comunidad en el cuidado <strong>de</strong>su salud;Impulsar la permanente actualización <strong>de</strong> las disposiciones legales enmateria <strong>de</strong> salud;Dictar la normatividad en materia <strong>de</strong> salubridad local;XXII. Establecer las acciones sanitarias en los límites territoriales con otrasentida<strong>de</strong>s fe<strong>de</strong>rativas;XXIII. Promover, orientar, fomentar y apoyar las acciones en materia <strong>de</strong>salubridad local a cargo <strong>de</strong> los Municipios, buscando la aportación <strong>de</strong>recursos humanos y financieros <strong>de</strong> éstos, con sujeción a las políticasnacional y estatal <strong>de</strong> salud; yXXIV. Las <strong>de</strong>más atribuciones afines a las anteriores, que se requieran para elcumplimiento <strong>de</strong> los objetivos <strong>de</strong>l Sistema Estatal <strong>de</strong> <strong>Salud</strong>, y las que<strong>de</strong>terminen las disposiciones generales aplicables.Decreto 80 (REFORMA) 13/JUNIO/ 2011ARTÍCULO 10.- La Secretaría contará con un Consejo Consultivo, que seintegrará por las personas siguientes:I. El Secretario <strong>de</strong> <strong>Salud</strong>, quien lo presidirá;5

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!