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<strong>IMPUESTOS</strong> IBEROAMERICA 2016<br />
Balboas (B/.5,000.00) y mayor de Tres Mil Balboas (B/.3,000.00), liquidarán este impuesto<br />
trimestralmente.<br />
Tipo/Tasa<br />
5%, 10% en el caso de bebidas alcohólicas, 15% para tabaco y productos derivados. Alimentos,<br />
medicinas y servicios médicos así como petróleo crudo y sus derivados e instrumentos financieros<br />
negociables están exentos del pago de este impuesto.<br />
IVA Deducible/Acreditable,<br />
Es deducible de renta, cuando se realizan actividades xentas y en el caso de realizar operaciones<br />
Limitaciones<br />
mixtas, será deducible la porción aplicable a la operación exenta. Acreditable en función de las<br />
operaciones gravadas.<br />
En caso de que el crédito sea superior al débito fiscal, podrá ser utilizado como tal en el período<br />
inmediato subsiguiente, pero sin que ello genere<br />
derecho a devolución en ningún caso.<br />
Obligaciones Formales<br />
Declaraciones mensuales o trimestrales, dependiendo del volumen de los<br />
ingresos y se presentan los días 15 del mes siguiente.<br />
Regímenes Especiales Aquellos que sus ingresos brutos anuales no excedan los $36,000.<br />
Impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados<br />
Denominación<br />
Timbres<br />
Hecho imponible<br />
El ingreso<br />
Sujeto Pasivo / Contribuyente<br />
La entidad<br />
Base Imponible<br />
El precio devengado<br />
Tipo / Tasa<br />
Se pagarán 10 centavos de dólar por cada 100 USD facturados<br />
Denominación<br />
N/A<br />
Hecho imponible<br />
N/A<br />
Sujeto Pasivo / Contribuyente<br />
N/A<br />
Tipo / Tasa<br />
N/A<br />
Denominación<br />
N/A<br />
Hecho imponible<br />
N/A<br />
Sujeto Pasivo / Contribuyente<br />
N/A<br />
Tipo / Tasa<br />
N/A<br />
Impuesto sobre transacciones financieras<br />
Denominación<br />
Hecho imponible<br />
Sujeto Pasivo / Contribuyente<br />
Base Imponible<br />
Tipo / Tasa<br />
NA<br />
NA<br />
NA<br />
NA<br />
NA<br />
Puntos importantes en la decisión de su inversión<br />
Formas de Inversión: filial vs. Sucursal<br />
Renta Tributable Filial Territorial.<br />
Sucursal<br />
Territorial.<br />
Deducibilidad<br />
de determinados<br />
gastos<br />
Filial<br />
Los incurridos para la producción de la renta de fuente panameña o para la conservación de su<br />
fuente. Son gastos para la conservación de la fuente de ingresos los que se efectúen para<br />
mantenerla en condiciones de trabajo, servicio o producción, sin que la fuente aumente de<br />
valor por razón delgasto.<br />
Son gastos necesarios para la producción de la renta, los demás indispensables para obtener la<br />
renta.<br />
Sucursal<br />
Los incurridos para la producción de la renta de fuente panameña o para la conservación de su<br />
fuente. Son gastos para la conservación de la fuente de ingresos los que se efectúen para<br />
mantenerla en condiciones de trabajo, servicio o producción, sin que la fuente aumente de<br />
valor por razón del gasto. Son gastos necesarios para la producción de la renta, los demás<br />
indispensables para obtener la renta.<br />
Riesgo Filial Incluye solamente los activos de la sucursal en territorio panameño.<br />
Sucursal<br />
Incluye solamente los activos de la sucursal en territorio<br />
Panameño<br />
Repatriación del Filial<br />
Vía distribución de utilidades. (dividendos<br />
Resultado<br />
Sucursal<br />
Vía distribución de dividendos.<br />
Qué se espera en la desinversión<br />
Desinversión Ganancia del Capital Transferencia de Títulos Valores:<br />
Las ganancias de capital sobre la Transferencia de Títulos Valores estará sujeta a<br />
una retención de 5% sobre el valor de transferencia (teniendo la opción el<br />
contribuyente de considerarlo como la retención definitiva) que se pagará dentro<br />
de los 10 días siguientes de ejecutada la transferencia; o bien, mediante el pago<br />
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