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REVISTA MENSUAL FINAL

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ASESORÍA CONTABLE Y AUDITORÍA<br />

B<br />

INFORME<br />

OPERACIONES CON VINCULADAS - NIC 24<br />

INFORMACIÓN A REVELAR SOBRE PARTES<br />

VINCULADAS<br />

C.P. Luis Arroyo Correa<br />

Contador Público. Especialista en Contabilidad Financiera y Normas Internacionales de Contabilidad. Miembro del Staff del Informativo<br />

Vera Paredes<br />

I. INTRODUCCIÓN<br />

La economía nos enseña que los precios de los bienes y<br />

servicios están regulados por la oferta y la demanda del<br />

mercado, en donde los vendedores y compradores intentan<br />

lograr para sí, el mejor beneficio económico. En ese caso, cada<br />

parte tributará lo que le corresponde. Sin embargo, cuando<br />

estos actores actúen de manera concertada, en donde el<br />

objetivo es distinto, se corre el riesgo que estos valores sean<br />

manipulados a favor de una u otra parte. Esto podría originar<br />

que la tributación en estas personas no esté de acuerdo con<br />

su realidad económica, perjudicando la recaudación.<br />

Esta situación ha originado que las legislaciones tributarias<br />

pongan especial interés en ella, implementando las<br />

denominadas normas de Precios de Transferencia, que no<br />

es otra cosa que verificar que los precios que pacten partes<br />

que estén vinculadas económicamente, sean los de mercado.<br />

Para ello, se han implementado una serie de acciones<br />

conducentes a tal objetivo.<br />

Las sociedades pueden reorganizarse ordenarse para ser<br />

más productivas, estas están concebidas para que actúen en<br />

forma dinámica y están en constante transformación, para<br />

ello entran en reorganización.<br />

Las reorganizaciones que implican una transformación no<br />

entrañan cambios en la personalidad jurídica, es decir siguen<br />

siendo la misma persona jurídica pero con otro ropaje.<br />

Esta reorganización puede ser organizativa o de sistemas de<br />

producción, lo que incluye conceptos tan complejos como la<br />

reingeniería.<br />

Reorganizar significa “Organizar una cosa de manera distinta<br />

y de forma que resulte más eficaz”.<br />

Se refiere a la adopción de organizaciones integrales y muchas<br />

veces múltiples que resulten más eficaces y no solamente<br />

cambios de estructura de forma o especie.<br />

Estas al ser transformadas vienen a ser las empresas<br />

vinculadas a la empresa Matriz, son las que brindas sus<br />

productos o servicios según los requerimientos de la empresa<br />

ya que cada una de estas se dedica a un servicio en específico<br />

como, producción, ventas, logística entre otras.<br />

Por esto las operaciones vinculadas con otras sociedades<br />

del mismo grupo, o con directivos y administradores de la<br />

empresa, o con familiares de éstos son siempre un punto<br />

conflictivo en términos contables y aun fiscales, debido a la<br />

existencia de transacciones realizadas a precios diferentes de<br />

los de mercado.<br />

Las empresas vinculadas corresponden a la situación<br />

económica de empresas que forman parte de un grupo,<br />

por el control directo o indirecto de la mayoría del capital o<br />

de los derechos de voto (incluso a través de acuerdos o, en<br />

algunos casos, mediante personas físicas accionistas), o por<br />

la capacidad de ejercer una influencia dominante sobre una<br />

empresa.<br />

II. OPERACIONES VINCULADAS SEGÚN LAS NICS<br />

Definiciones<br />

Parte vinculada<br />

Una parte se considera vinculada con la entidad si dicha<br />

parte:<br />

(a) directa, o indirectamente a través de uno o más<br />

intermediarios:<br />

- controla a, es controlada por, o está bajo control común<br />

con, la entidad (esto incluye dominantes, dependientes y<br />

otras dependientes de la misma dominante);<br />

- tiene una participación en la entidad que le otorga<br />

influencia significativa sobre la misma; o<br />

- tiene control conjunto sobre la entidad;<br />

(b) es una asociada (según se define en la NIC 28 Inversiones<br />

en entidades asociadas) de la entidad;<br />

(c) es un negocio conjunto, donde la entidad es uno de los<br />

partícipes (véase la NIC 31 Participaciones en negocios<br />

conjuntos);<br />

(d) es personal clave de la dirección de la entidad o de su<br />

dominante;<br />

(e) es un familiar cercano de una persona que se encuentre<br />

en los supuestos (a) o (d);<br />

(f) es una entidad sobre la cual alguna de las personas que<br />

se encuentra en los supuestos (d) o (e) ejerce control,<br />

control conjunto o influencia significativa, o bien cuenta,<br />

directa o indirectamente, con un importante poder de<br />

voto; o<br />

(g) es un plan de prestaciones post-empleo para los<br />

trabajadores, ya sean de la propia entidad o de alguna<br />

otra que sea parte vinculada de ésta.<br />

Control<br />

Es el poder para dirigir las políticas financiera y de explotación<br />

de una entidad, con el fin de obtener beneficios de sus<br />

actividades.<br />

Control conjunto<br />

Es el acuerdo contractual para compartir el control sobre una<br />

actividad económica.<br />

Familiares cercanos a una persona<br />

Son aquellos miembros de la familia que podrían<br />

ejercer influencia en, o ser influidos por, esa persona<br />

en sus relaciones con la entidad. Entre ellos se pueden<br />

incluir:<br />

(a) el cónyuge o persona con análoga relación de afectividad<br />

y los hijos;<br />

(b) los hijos del cónyuge o persona con análoga relación de<br />

afectividad; y<br />

(c) las personas a su cargo o a cargo del cónyuge o persona<br />

con análoga relación de afectividad.<br />

B -<br />

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