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Manual del Supervisor

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licencia por paternidad con remuneración, por ocho días más y cuando la<br />

hija o hijo haya nacido con una enfermedad, degenerativa, terminal o<br />

irreversible, o con un grado de discapacidad severa, el padre podrá tener<br />

una licencia con remuneración por veinte y cinco días, hecho que se<br />

justificará con la presentación de un certificado médico otorgado por un<br />

facultativo <strong>del</strong> IESS, y a falta de éste, por otro profesional.<br />

Los casos de calamidad doméstica como enfermedad de los integrantes<br />

de su núcleo familiar, accidentes o similares, que tengan el carácter de<br />

imprevistos, deberán reportarse de inmediato a la Línea de Supervisión<br />

respectiva, la cual procederá a notificar a Recursos Humanos para que<br />

califique la calamidad y se autorizará la ausencia remunerada previo visto<br />

bueno de la Gerencia Nacional de Recursos Humanos.<br />

Los permisos remunerados que se precisan en esta norma, no son<br />

trasladables ni acumulables.<br />

DEL TRASLADO DE COLABORADORES<br />

La Línea de Supervisión, sin disminuir la categoría ni la remuneración <strong>del</strong><br />

Colaborador, podrá asignarle diferentes tareas a las que venía<br />

desarrollando si aquello debe efectuarse en razón de capacitación,<br />

modificación de sistemas, automatización de procedimientos, migraciones<br />

tecnológicas, etc., sin que aquello pueda asimilarse ni al cambio de<br />

ocupación ni al despido intempestivo.<br />

REGIMEN DISCIPLINARIO<br />

Las Líneas de Supervisión podrán sancionar las acciones de sus<br />

Colaboradores de acuerdo tres tipos de faltas definidas en el reglamento<br />

interno y son:<br />

1) Preventivas: Las Faltas Preventivas tienen por objeto informar al<br />

Colaborador que la exteriorización de determinada conducta suya<br />

transgrede valores y/o costumbres de la Empresa, materializándose en una<br />

amonestación escrita.<br />

2) Moderadas: Las Faltas Moderadas, encuadradas en determinados<br />

numerales <strong>del</strong> art. 23 <strong>del</strong> Reglamento Interno; se sancionarán con una<br />

multa, misma que en ningún caso superará el 10% de la remuneración<br />

mensual que recibe el Colaborador.<br />

3) Graves: Las Faltas Graves resultan tan lesivas que permiten al empleador<br />

promover la acción de Visto Bueno directamente, sin miramientos; dicha

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