Edicion 20181002
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w w w. f a c e b o o k . c o m / p a g i n a s i e te<br />
@ p a g i n a _ s i e te<br />
Opinión<br />
Página SIETE M a r te s 2 de octubre de 2018<br />
o p i n i o n @ p a g i n a s i e te . b o<br />
13<br />
Frase del día<br />
“Si bien no hay obligación de negociar, hay una invocación a continuar con el<br />
d i á l o go”. Evo Morales, presidente de Bolivia<br />
Atando cabos /Rodolfo Eróstegui T.<br />
2° aguinaldo: beneficio o derecho adquirido de los trabajadores<br />
Como dice el dicho, no hay<br />
plazo que no llegue, ni<br />
deuda que no se pague. Y<br />
llegó octubre, mes fijado<br />
por las autoridades para confirmar<br />
si este año se paga o no el segundo<br />
aguinaldo. Este beneficio<br />
se lo denomina “Esfuerzo por Bolivia”y<br />
se paga a los trabajadores activos<br />
del sector público y privado,<br />
siempre y cuando el crecimiento<br />
del Producto Interno Bruto (PIB)<br />
sea mayor al 4,5%.<br />
Una de las consideraciones para<br />
implementar el pago del segundo<br />
aguinaldo, según se establece<br />
en el DS 1802, se debe a que<br />
las trabajadoras y los trabajadores<br />
del Estado Plurinacional contribuyen<br />
al crecimiento del PIB.<br />
Esto significa que se está tomando<br />
únicamente como factor del<br />
crecimiento, el aporte que realizan<br />
aproximadamente 1.101.600<br />
personas, que son las que cobrarían<br />
este beneficio, y no las<br />
5.508.016 personas ocupadas en<br />
el país. En otras palabras, sólo cobraría<br />
el 20% de la población ocupada.<br />
No recibirían este pago la<br />
mayoría de los trabajadores rurales,<br />
así como un gran número de<br />
los trabajadores de las micros<br />
empresas y los trabajadores por<br />
cuenta propia e informal.<br />
Pero el Decreto 1802 no sólo no<br />
hace participar de este beneficio<br />
al 80% de los trabajadores y trabajadoras<br />
del país, sino que no<br />
toma en cuenta que la productividad<br />
no sólo es el resultado del<br />
esfuerzo de los trabajadores, sino<br />
también de los empleadores,<br />
pues la productividad es el resultado<br />
de la utilización de otros<br />
factores más.<br />
Los estudios empíricos y la<br />
teoría económica nos señalan<br />
que el crecimiento económico en<br />
el largo plazo está asociado a dos<br />
tipos de factores: 1) aumento en<br />
el uso de factores productivos<br />
(capital y trabajo); 2) aumentos<br />
en la eficiencia o productividad<br />
con que se utilizan estos factores<br />
a través de innovaciones técnicas<br />
y mejores procedimiento. De<br />
esta manera se “p re m i a ”al factor<br />
trabajo y se castiga al inversor<br />
que arriesga el capital para crear<br />
las fuentes de trabajo.<br />
Por otro lado, según algunos<br />
Son derechos<br />
adquiridos aquellos<br />
que nacen de las disposiciones<br />
legales,<br />
del acuerdo entre<br />
partes o por el acto<br />
unilateral del emplead<br />
o r.<br />
expertos, el monto monetario<br />
que se eroga por este motivo no<br />
provoca una modificación significativa<br />
de la estructura de la distribución<br />
del ingreso (Página<br />
S iete 30 de septiembre de 2018),<br />
pero si estamos en condiciones<br />
de afirmar que existen efectos<br />
nocivos, sobre todo en las pequeñas<br />
empresas industriales.<br />
También esta medida desincentiva<br />
a realizar inversiones.<br />
Muchos dirigentes empresariales,<br />
sobre todo aquellos que<br />
representan a las pequeñas empresas,<br />
han manifestado su rechazo<br />
pues los ingresos que generan<br />
no alcanzan ni siquiera para<br />
pagar un aguinaldo, debido a<br />
que el mercado interno está invadido<br />
de productos chinos que<br />
ingresan de contrabando.<br />
Es más, en el pasado, algunas<br />
empresas estatales tuvieron dificultades<br />
para hacer efectivo el<br />
pago del segundo aguinaldo. El<br />
año 2015, en la unidad legal y financiera<br />
de la Empresa Minera<br />
Huanuni, perteneciente a la Corporación<br />
Minera de Bolivia (Comibol),<br />
se discutió la viabilidad<br />
del pago del segundo aguinaldo<br />
debido a que no se registró utilidades<br />
por la caída de los precios<br />
del estaño. En esa misma situación<br />
se encuentran un gran número<br />
de empresas y no hablo sólo<br />
del sector minero, sino de casi<br />
la totalidad de los sectores que<br />
componen el tejido productivo<br />
del país.<br />
En la práctica, el segundo aguinaldo<br />
es el pago de un beneficio<br />
que el 20% de los trabajadores lo<br />
consideran como un derecho adquirido.<br />
Y es un derecho adquirido<br />
porque se deriva del Decreto<br />
Supremo 1802. Son derechos adquiridos<br />
aquellos que nacen de<br />
las disposiciones legales, del<br />
acuerdo entre partes o por el acto<br />
unilateral del empleador en beneficio<br />
del trabajador.<br />
Desde esta perspectiva, la<br />
Constitución Política señala<br />
que los derechos y beneficios<br />
que tienen los trabajadores no<br />
pueden renunciarse y son nulas<br />
las convenciones contrarias o<br />
que tiendan a burlar sus efectos.<br />
De esta manera, el aguinaldo<br />
(primero y segundo) es un<br />
sueldo anual que deben recibir<br />
todos los trabajadores que entre<br />
enero y diciembre hubiesen<br />
cumplido 30 días de trabajo en<br />
el sector productivo (obrero) y<br />
90 (empleados) en los otros sectores.<br />
Generalmente se instruye<br />
su pago hasta el 20 de diciembre<br />
sobre el promedio de los últimos<br />
tres meses trabajados.<br />
Rodolfo Eróstegui T. es experto en<br />
temas laborales.<br />
La escaramuza /Renzo Abruzzese<br />
El pueblo negado<br />
Entre las lógicas que<br />
mueven el poder populista,<br />
una de las más importantes<br />
se asienta en<br />
la categoría “p u e b l o”. Por lo general,<br />
populistas y fascistas<br />
conciben “el pueblo” como el<br />
agredado de los ciudadanos afines<br />
y, en lo posible sumisos,<br />
arrimados a su tienda política.<br />
Estos acólitos hacen posible delimitar<br />
las características de<br />
aquellos que no pertenecen a<br />
sus propias huestes; es decir,<br />
“los otros”, los “e n e m i go s ” los<br />
“antipatria”o, en la jerga masista,<br />
“los neoliberales”. Todos los<br />
que no están con ellos no hacen<br />
parte del “p u e b l o”.<br />
El pueblo son los pobres, los<br />
despojados, víctimas de los<br />
“o t ro s ”; los “o t ro s ”son los feroces<br />
agentes del imperio, enemigos<br />
de las clases humildes, explotadores,<br />
etcétera. Ordenada<br />
de esta manera la sociedad,<br />
todos los ciudadanos calificados<br />
como “e n e m i go s ” son negados<br />
por el Estado, son rémoras<br />
del pasado y, en consecuencia,<br />
habría que eliminarlos de<br />
los escenarios de la vida pública,<br />
política, cultural o económica.<br />
El “p u e b l o”se resume así a los<br />
acólitos visibles y/o poco visibilizados,<br />
pero, en todo caso, a<br />
aquellos de los que el caudillo<br />
tiene la certeza de que no votarían<br />
por otro candidato; más<br />
aún, aquellos que no se atreverían<br />
a impugnarlo y menos solicitar<br />
su inhabilitación. El “p u e-<br />
b l o”se reduce, de esta manera,<br />
a las huestes afines, que a la sazón<br />
de la coyuntura actual boliviana<br />
son ya menos del 30%, según<br />
más de una encuesta rec<br />
i e n t e.<br />
La pregunta del millón es como<br />
sigue: ¿cómo el Tribunal Supremo<br />
Electoral (TSE) llegó a la<br />
conclusión de que sólo unos<br />
cuantos tienen el derecho de solicitar<br />
la inhabilitación de un<br />
candidato? Esto sólo es posible<br />
si compartimos las mismas visiones,<br />
si definimos las cosas de<br />
la misma manera que el caudillo<br />
y si, finalmente, asumimos que<br />
el “p u e b l o” son unos cuantos,<br />
pero no todos; sumergirse en<br />
los conceptos arbitrarios, recortar<br />
la realidad y suponer que<br />
los escasísimos militantes que<br />
registran las organizaciones<br />
políticas hacen el corpus completo<br />
de los ciudadanos; en<br />
otras palabras, asumir que la<br />
realidad se constituye de una<br />
ciudadanía castrada justo a en<br />
la medida de los intereses del<br />
partido de gobierno.<br />
La disposición ha sido calificada<br />
de “vergonzosa, tramposa<br />
y descarada” desde el momento<br />
en que es casi imposible<br />
que un militante se atreviera a<br />
solicitar la inhabilitación de su<br />
candidato, no sólo por las características<br />
personalísimas<br />
del líder de esa tienda política,<br />
Evo Morales, sino, además,<br />
porque el MAS no tiene posibilidad<br />
alguna de proponer otro<br />
candidato que no sea Morales.<br />
Pero no es esto lo fundamental,<br />
lo básico es que devela el<br />
grado de subsubción real y moral<br />
del Tribunal, de la asimilación<br />
y dependencia en que se encuentra<br />
ese Poder del Estado;<br />
piensa igual, tipifica igual, se<br />
somete igual y se erige como la<br />
negación de la ciudadanía democrática<br />
de este país.<br />
Se trata de una disposición “a<br />
la medida” de las estrategias<br />
prorroguistas de Morales y una<br />
declaración de parcialidad inaceptable.<br />
Una sumisión, cuyo<br />
volumen se ajusta al calificativo<br />
que sugirió el senador Murillo.<br />
“Los ladrones –dijo–p re t e n d e n<br />
secuestrar nuestra democracia”.<br />
La norma es tan absurda que<br />
en la portentosa hipótesis de<br />
que un millón de ciudadanos se<br />
encuentren inscritos en los diferentes<br />
partidos legalmente reconocidos<br />
en la actualidad por<br />
el mismo TSE, 5,9 millones de<br />
electores (de un total de 6,9 millones<br />
oficialmente inscritos,<br />
según el TSE) serían despojados<br />
del derecho a impugnar y solicitar<br />
la inhabilitación de un candidato.<br />
Se trata de un acto que<br />
deviene en la negación de la condición<br />
de ciudadanía en el ámbito<br />
electoral, negación propia<br />
de las más burdas dictaduras y<br />
los más ineptos operadores estatales.<br />
Las consecuencias de este<br />
atropello serán sin duda desastrosas<br />
y en proporción al daño<br />
infringido. Si la ciudadanía es<br />
negada de forma tan grosera, es<br />
clara señal de que las cosas ya no<br />
pueden solucionarse en sujeción<br />
a las normas de una convivencia<br />
pacífica. Ese 63% que hoy<br />
no apoya la pretensión prorroguista<br />
del Presidente comprenderá,<br />
finalmente, que cuando la<br />
ley sólo vale para el poderoso, la<br />
resistencia pacífica es casi una<br />
obligación y para ello hay una<br />
generación completa dispuesta<br />
a tomar las calles.<br />
Renzo Abruzzese es sociólogo.