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demanda, la que deberá ponérsele a la vista para tal efecto.
PETICIÓN:
A. DE TRAMITE:
I. Que se incorpore a sus antecedentes el presente memorial, dándole el trámite
correspondiente;
II: Que se reconozca la personería con que actuó en base al documento adjunto,
el cual dejándolo fotocopiado y certificado en autos, ruego se me devuelva, a mi
costa y con las formalidades de ley.
III: Que se tome nota de la dirección y procuración conferidas al abogado que me
auxilia, y se tenga por señalado el lugar para recibir notificaciones;
IV. Que se tenga por interpuesta la excepción dilatoria de DEMANDA
DEFECTUOSA.
V. Que se tengan por ofrecidos los medios de prueba individualizados en el
apartado correspondiente;
VI. De la excepción dilatoria interpuesta, se de audiencia a se oiga a la parte
actora, en la forma legal correspondiente, a efecto de que manifieste que la
presente audiencia se suspenda, a efecto de que se señale una nueva para que
se conteste la excepción dilatoria y se reciba la prueba pertinente, o si por el
contrario desea contestarla en esta audiencia;
VII. Oportunamente se sirva recibir los medios de prueba ofrecidos e
individualizados.
B. DE FONDO:
Que, agotado el trámite correspondiente, se sirva dictar la resolución declarando:
I. Con lugar la excepción dilatoria de: a) DEMANDA DEFECTUOSA, II. En
consecuencia, se ordene a la parte actora, cumpla con subsanar los defectos
puntualizados en la que la ley establece y mientras no cumpla con dichos
requisitos legales, no se le dé tramite a su demanda.
Acompaño dos copias del presente memorial.
Guatemala seis de marzo de mil novecientos noventa y cinco.
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