28.02.2013 Views

LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - DentroDe

LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - DentroDe

LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - DentroDe

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Artículo 69— De producirse la situación prevista en el segundo párrafo del artículo 6º –pago parcial en especie–, el importe que exceda<br />

el monto de la retención determinada, deberá abonarse en la forma dispuesta en el artículo anterior, hasta la concurrencia del impuesto al<br />

valor agregado facturado.<br />

Artículo 70— La forma de pago indicada en el artículo 68, procederá aun cuando no corresponda practicar la retención del impuesto al<br />

valor agregado.<br />

Artículo 71— Cuando el importe del impuesto al valor agregado que corresponda discriminar en la factura o documento equivalente, resulte<br />

igual o inferior a doscientos pesos ($ 200), la forma de pago establecida en el artículo 68, no será obligatoria.<br />

Artículo 72— A los fines establecidos en el artículo 68, se consideraránválidos los pagos que, reuniendo los requisitos pertinentes, incluyan en forma<br />

conjunta el monto correspondiente al impuesto al valor agregado y el del precio neto de la factura o documento equivalente, así como el importe de<br />

más de una operaciónrealizadaconunmismosujeto.<br />

Artículo 73— La obligación establecida en el artículo 68, también deberá cumplirse respecto del importe correspondiente al impuesto al<br />

valor agregado, cuando para cancelar el monto de la operación se utilicen medios de pago diferido (cheque de pago diferido, pagaré, letra<br />

de cambio, etcétera), o se trate de compensaciones con saldos de cualquier tipo.<br />

B – RÉGIMEN ESPECI<strong>AL</strong><br />

NORMAS COMPLEMENTARIAS<br />

Artículo 74— Cuando la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) fuera incorrectamente denunciada y/o publicada, los respectivos adquirentes deberán<br />

aplicar, a los fines del régimen de retención que establece el TítuloIdeestaresolución general, la alícuotaderetención del veintiuno por ciento<br />

(21%) o del diez con cincuenta centésimos por ciento (10,50%), según corresponda, la que quedará sujeta al reintegro sistemático previsto en el<br />

Título III de esta resolución general.<br />

TÍTULO V<br />

PEN<strong>AL</strong>IDA<strong>DE</strong>S<br />

Artículo 75— Cuando se constate el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente resolución general, el agente de retenciónylos<br />

demáspartícipes, serán pasibles de las sanciones previstas en la Ley Nº11.683, texto ordenado en 1998 y susmodificaciones, asícomo, de corresponder,<br />

de las dispuestas por la Ley Nº 24.769 y sus modificaciones.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!