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cámara de diputados - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

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colación un ejemplo para ilustrar lo que digo.<br />

A mi juicio, el artículo 50 permite el divorcio por consenso <strong>de</strong> los cónyuges y la separación judicial<br />

luego <strong>de</strong> transcurridos dos años <strong>de</strong> separación. Esa causal ilustra el predicamento <strong>de</strong> la arquitectura <strong>de</strong> la<br />

iniciativa.<br />

No quiero exten<strong>de</strong>rme, ya que no tendré tiempo para analizar causal por causal, pero mencionaré la<br />

causal segunda <strong>de</strong>l artículo 54, por la que es posible abandonar al cónyuge si pa<strong>de</strong>ciere una enfermedad<br />

grave, incurable y contagiosa. No me parece que eso sea solidario ni propio <strong>de</strong> la humanidad <strong>de</strong> la gente.<br />

Los tribunales <strong>de</strong> familia, que los encuentro trascen<strong>de</strong>ntales en esta materia, son sólo una referencia<br />

más o menos imprecisa. ¿Se crearán alguna vez? Tampoco se señala su carácter inquisitivo, lo cual, como<br />

explicaré más a<strong>de</strong>lante, es sustancial en una legislación <strong>de</strong> esta naturaleza.<br />

En fin, no comparto la fórmula establecida para dar curso a la disolución <strong>de</strong>l vínculo matrimonial.<br />

¿Qué puedo <strong>de</strong>cir <strong>de</strong>s<strong>de</strong> mi perspectiva? Estoy por dar al matrimonio ese carácter <strong>de</strong> permanencia<br />

que <strong>de</strong>be caracterizarlo; y por encontrar una solución a las rupturas irreparables, mantenidas en el tiempo,<br />

sobre la base <strong>de</strong> causales precisas y objetivas, cuando una persona quiera reiniciar su vida con una nueva<br />

relación matrimonial. Eso lo reconozco, lo acepto y entiendo.<br />

Entiendo que mi posición personal es bastante especial. Quiero encontrar la fórmula que el proyecto<br />

no entrega.<br />

¿Qué postulo? Causales objetivas, estrictas, que no atenten contra el sentido <strong>de</strong> permanencia <strong>de</strong> la<br />

indisolubilidad <strong>de</strong>l matrimonio, conocidas por un verda<strong>de</strong>ro tribunal <strong>de</strong> familia establecido, regulado y<br />

señalado en nuestra legislación.<br />

Tal vez, <strong>de</strong>bimos haber creado antes un tribunal <strong>de</strong> familia inquisitivo, que busca establecer la<br />

verdad <strong>de</strong>l rompimiento, al que no se le pue<strong>de</strong> engañar; a un tribunal que encuentre lo que un profesor <strong>de</strong><br />

<strong>de</strong>recho procesal me enseñó en la escuela: la verdad verda<strong>de</strong>ra. Así podríamos haber tenido un antece<strong>de</strong>nte<br />

que permitiera discutir una ley <strong>de</strong> divorcio. No creo que el proyecto me entregue esa garantía.<br />

Ese tribunal <strong>de</strong> familia, inquisitivo, sobre causales objetivas pue<strong>de</strong> dictar la separación legal sin<br />

disolver el vínculo, y en ella regular los efectos <strong>de</strong> los bienes, los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> los hijos y <strong>de</strong> los propios<br />

cónyuges. Luego, <strong>de</strong>bería transcurrir un tiempo que permita la meditación, la reflexión e incluso la<br />

reconciliación. Sin embargo, si <strong>de</strong>cretada la separación legal y regulados los efectos jurídicos<br />

correspondientes se mantuvieran en el tiempo las causas que fundaron la separación, <strong>de</strong>bería venir una<br />

segunda sentencia judicial que <strong>de</strong>clarara el matrimonio <strong>de</strong> ruptura irreparable. En la misma, se podrían<br />

regular nuevos efectos jurídicos, sin disolver aún el vínculo matrimonial, y generar -ésta es mi personalísima<br />

posición- una opción para contraer un nuevo matrimonio, <strong>de</strong> modo que si eso ocurriera se disuelva, ipso jure,<br />

el primero. ¿Por qué sostengo eso? Porque para regular lo relativo a los hijos <strong>de</strong>spués <strong>de</strong>l quiebre<br />

matrimonial, los bienes, incluso la relación entre los cónyuges, no es necesario disolver el vínculo<br />

matrimonial. ¿Para qué se requiere disolverlo? Para que la persona pueda formar una nueva familia fundada<br />

en el matrimonio.<br />

Ayer rechacé el proyecto <strong>de</strong> familia <strong>de</strong> hecho o reconocida, porque no se fundaba en el matrimonio.<br />

Estoy por reconocer el quiebre <strong>de</strong>finitivo e irreparable, que es una realidad <strong>de</strong> la vida. Incluso me parece más<br />

ético y más sano que las personas, en vez <strong>de</strong> convivir, contraigan un nuevo matrimonio.<br />

Entonces, quiero conciliar el carácter permanente <strong>de</strong> la institución matrimonial con una fórmula para<br />

solucionar las rupturas irreparables, mantenidas en el tiempo, con causales objetivas <strong>de</strong>cretadas por un<br />

tribunal <strong>de</strong> familia, que lleven a una nueva y estable unión matrimonial. Pero no es eso lo que establece el<br />

proyecto.<br />

Con el mayor respeto y cariño que tengo por la Diputada señora Mariana Aylwin, quiero <strong>de</strong>cirle que,<br />

entendiendo su pensamiento, curiosamente he llegado a una conclusión distinta. Así como ella concluye que<br />

por este camino mantiene la permanencia y soluciona las rupturas irreparables, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> mi perspectiva llego a<br />

una conclusión contraria.<br />

Una reflexión final, y aquí acompaño a la Diputada Mariana Aylwin: No es la ley, en verdad, lo que<br />

necesitamos. Hay muchos factores externos en nuestra sociedad que atentan contra el matrimonio y su<br />

permanencia.<br />

¿Habremos hecho lo suficiente? También la Diputada Mariana Aylwin citaba las leyes aprobadas en<br />

la Comisión <strong>de</strong> Familia. No sé, no tengo la misma certeza. Votar el divorcio vincular en estos términos y<br />

luego <strong>de</strong>cir: “Está listo; cumplimos.” ¡Hay, afuera <strong>de</strong> esta Sala, tanto que atenta contra el matrimonio! ¿Nos<br />

haremos cargo también <strong>de</strong> esa realidad, como legisladores, como hombres públicos? Soy el primero en<br />

cuestionarme qué he hecho en esta materia. Por eso, también me resulta difícil dar un paso. Tal vez, si<br />

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