Repercusión de las Reformas Constitucionales y Proyecto de las ...
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CIVIL<br />
miento. Sin embargo ahí se alu<strong>de</strong> a que también se pue<strong>de</strong> hacer una inconformi-<br />
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responsable.<br />
Yo estoy hecho bo<strong>las</strong>, porque para eso estaba la queja en la anterior Ley<br />
<strong>de</strong> Amparo y en esta Ley <strong>de</strong> Amparo, en este proyecto también se habla que la<br />
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Aparentemente hay dos recursos para lo mismo. Señores, para no hacernos<br />
bo<strong>las</strong>. En este inci<strong>de</strong>nte no tiene por qué estarse reclamando el monto <strong>de</strong> la<br />
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como funciona la actual Ley <strong>de</strong> Amparo.<br />
Vamos a otro tema. Recursos adhesivos. Qué padre que está el tema <strong>de</strong><br />
que me puedo adherir en una revisión adhesiva para fortalecer consi<strong>de</strong>raciones y<br />
qué bueno también que ya está el amparo <strong>de</strong> adhesión. Ahorita vamos a ese tema,<br />
vamos a evitar el famoso Pin-pon o amparo por efectos.<br />
Pero aquí hay un problema con el que yo estoy completamente inconforme.<br />
Se dice que con motivo <strong>de</strong>l recurso o <strong>de</strong> un juicio <strong>de</strong> amparo adhesivo,<br />
puedo yo hacer valer inconformida<strong>de</strong>s con lo que se resolvió en el fondo, en esa<br />
resolución, se trata <strong>de</strong> un amparo y hay una parte que me perjudica, porque no me<br />
concedieron todo lo que pedí, lo puedo hacer valer vía revisión adhesiva, y si en la<br />
sentencia que dictó la autoridad responsable, hay algo que no me dio <strong>de</strong> todo lo<br />
que pedí, lo puedo hacer valer vía amparo adhesivo.<br />
Señores, esto está terrible, porque entonces hasta dón<strong>de</strong> <strong>de</strong>be ser principal<br />
y hasta dón<strong>de</strong> adhesivo. Adhesivo, parte <strong>de</strong> la premisa que yo estoy <strong>de</strong> acuerdo<br />
con lo que se resolvió, pero pue<strong>de</strong> mejorarse, o no estoy completamente <strong>de</strong><br />
acuerdo con lo que se consi<strong>de</strong>ró con el camino para llegar a la meta, pero cualquier<br />
inconformidad que yo tenga con la meta, lo <strong>de</strong>bo <strong>de</strong> hacer valer en un recurso<br />
<strong>de</strong> revisión principal con una <strong>de</strong>manda <strong>de</strong> amparo, porque si no cómo vamos a<br />
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indirecto, la ley no lo hace y no lo pue<strong>de</strong> hacer.<br />
Acudamos a la teoría general <strong>de</strong>l proceso y respetemos la naturaleza y<br />
esencia <strong>de</strong> un recurso adhesivo, don<strong>de</strong> simple y sencillamente estoy <strong>de</strong> acuerdo<br />
con lo que se resolvió, pero no con lo que se consi<strong>de</strong>ró o quiero fortalecerlo, no<br />
puedo hacer valer ahí ningún punto <strong>de</strong> <strong>de</strong>cisión.<br />
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el artículo 182 en amparo adhesivo y lo correspondiente en la revisión adhesiva.<br />
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