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DOCTRINA DEL LIBERTADOR

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el 4 de junio de 1820, desde bogotá, el general Francisco<br />

de Paula Santander, vicepresidente de cundinamarca<br />

en la unión Grancolombiana,<br />

le dirigió a bolívar un memorial donde se quejaba de que la<br />

alta corte de Justicia de la República hubiese sido establecida<br />

en Guayana. el 20 del mismo mes<br />

el libertador dictó, en el Rosario de cúcuta, una resolución<br />

sobre dicho memorial, en la cual se refleja la tensión existente<br />

entre las diferentes secciones de colombia la Grande<br />

cuando ésta llevaba apenas seis meses de fundada<br />

DoctRiNa Del libeRtaDoR<br />

178<br />

cuartel General en el Rosario,<br />

20 de junio de 1820, 10 o<br />

yo No he PeNetRaDo la conciencia ni la mente del congreso de<br />

colombia por no estar autorizado a interpretar sus decretos; pero si<br />

atiendo el espíritu del decreto de la creación de la alta corte de Justicia<br />

de colombia, hallo: 1) la necesidad de su creación y la necesidad de que<br />

fuese residente en Guayana; 2) hallo virtualmente autorizada la alta corte<br />

de Justicia de cundinamarca como tribunal de apelaciones del Departamento,<br />

y más por una excesiva delicadeza del congreso que por una<br />

causa odiosa, no se hace mención de este tribunal en el citado decreto; 3)<br />

Que la no revocación expresa de las atribuciones de este tribunal es una<br />

concesión implícita de sus antiguas prerrogativas y funciones. en cuanto<br />

a las consideraciones expuestas en esta representación por el vicepresidente<br />

de cundinamarca, me parece que se hace una violenta aplicación<br />

de los principios y leyes fundamentales de la República de colombia al<br />

Departamento de cundinamarca. el enlace de estos dos pueblos no es el<br />

de un fuerte con un débil, sino el de dos hermanos iguales en medios relativamente<br />

proporcionados. Suponer desprendimiento de cundinamarca<br />

por su reunión con Venezuela presupone sacrificio de parte de aquélla y<br />

preponderancia de parte de ésta. Si existe la capital hoy en Guayana ya

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