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DOCTRINA DEL LIBERTADOR

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56<br />

a propósito del destino de las provincias entonces llamadas<br />

alto Perú (hoy bolivia), el libertador le expone<br />

al general Sucre sus ideas<br />

sobre el principio jurídico-diplomático<br />

del uti possidetis, el cual consistía,<br />

en sustancia, en que las nuevas naciones hispanoamericanas<br />

debían constituirse en los límites de las grandes<br />

divisiones del imperio español en américa<br />

Señor general antonio José de Sucre.<br />

Mi querido General:<br />

DoctRiNa Del libeRtaDoR<br />

224<br />

lima, 21 de febrero de 1825<br />

he RecibiDo la carta de Vd. de Puno del 1 o de febrero con mucho gusto,<br />

porque sé de Vd. y del estado de las cosas.<br />

Me parece que el negocio del alto Perú no tiene inconveniente alguno<br />

militar, y en cuanto a lo político, para Vd. es muy sencillo: Vd. está a<br />

mis órdenes con el ejército que manda y no tiene que hacer sino lo que le<br />

mando. el ejército de colombia ha venido aquí a mis órdenes, para que,<br />

como jefe del Perú, le dé dirección y haga con él la guerra a los españoles.<br />

Vd. manda el ejército como general de colombia, pero no como jefe de<br />

nación, y yo sin mandar el ejército como general, lo mando como auxiliar<br />

de la nación que presido. esto lo digo en respuesta a los compromisos de<br />

que Vd. habla. yo no le doy órdenes como jefe de colombia, porque no<br />

lo soy, pero sí como jefe del territorio que está en guerra con el alto Perú,<br />

no habiendo límites entre enemigos.<br />

Ni Vd., ni yo, ni el congreso mismo del Perú, ni de colombia, podemos<br />

romper y violar la base del derecho público que tenemos reconocido<br />

en américa. esta base es que los gobiernos republicanos se fundan entre<br />

los límites de los antiguos virreinatos, capitanías generales, o presidencias

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