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DOCTRINA DEL LIBERTADOR

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83<br />

hallándose en turbaco, cerca de cartagena, el libertador<br />

dispone el 7 de agosto de 1827 que el sueldo de su cocinero sea<br />

eliminado de la nómina del estado Mayor<br />

a fin de pagarlo de su propio peculio. Resoluciones como ésta<br />

demuestran la pulcritud con que manejaba<br />

los caudales del estado<br />

Sr. intendente [del Magdalena,<br />

general Mariano Montilla].<br />

biblioteca ayacucho<br />

307<br />

turbaco, 7 de agosto de 1827<br />

SeÑoR iNteNDeNte: hoy he tenido el sentimiento de saber que, en la<br />

lista del presupuesto del estado Mayor, se ha incluido un cocinero mío<br />

cuyo sueldo es de cincuenta pesos. espero que Vd. se servirá registrarlos<br />

y avisarme de la cantidad a que ascienda para hacer el reembolso que<br />

corresponda.<br />

Soy de Vd. atento servidor.<br />

Bolívar

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