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Diócesis del Reyno, y en seguida por orden al­<br />

fabético los particulares de cada una : asimismo<br />

quiere S. M. que por este orden se formen y pa­<br />

sen igualmente a esta Secretaría los dos cua­<br />

dernos correspondientes á los años de 1814 J<br />

181$. Lo comunico á V. S. de Real orden par»<br />

noticia y cumplimiento del Tribunal.-^-. Araujo.:"*<br />

Señor Secretario del Tribunal de Cruzada.<br />

Palacio 10 de Febrero de 1816. Que las con'<br />

sullas sobre Propios y Arbitrios se remitan<br />

el Consejo Real al Ministerio de hacienda: &<br />

repitió en ai de Marzo siguiente. (1)<br />

Excelentísimo Señor : enterado el Rey nues­<br />

tro Señor de sus resoluciones comunicadas á V. fi­<br />

en 4 y 1-7 de noviembre del afio próximo pasa­<br />

do relativas á que se restituya toda su fuerza y<br />

vigor a la Real cédula de 30 de julio de 176°'<br />

y que según ella dirija el Consejo por la Via re­<br />

servada de hacienda las consultas sobre asunto*<br />

de Propios y Arbitrios , quedando eximido *'<br />

(1) Por el Señor Secretario de Estado y<br />

despacho de Gracia y Justicia se comunicó al ¿ e<br />

Hacienda en K<br />

30 de Abril de este mismo año<br />

siguiente resolución de S- M. que fué tra<br />

al Señor Presidente del Consejo Real en prime' 0<br />

de mayo siguiente.<br />

(*) "Enterado el Rey nuestro<br />

r t<br />

Señor de lo '<br />

sultante de los Oficios de V. E. de 4 de j¡" lt0<br />

><br />

38 de noviembre y 20 de febrero ultimo , es s»<br />

Real voluntad, que los asuntos de Propios y<br />

barios se dirijan por el Ministerio de bacie**"<br />

del cargo de V. E. n

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